La Audiencia de Palma ha resuelto un caso inédito al reconocer la maternidad de una mujer soltera de Ibiza que contrató un vientre de alquiler en Rusia para tener una hija. El tribunal considera que «el interés del niño» prevalece sobre la prohibición de la maternidad subrogada en España, donde no se consideran nulos los contratos de vientre de alquiler.
La justicia considera que en este caso «sólo el mantenimiento de la niña en el entorno familiar en el que vive y que conoce, y el establecimiento de la filiación pretendida puede dotar a la menor de la seguridad jurídica y estabilidad necesarias para que pueda desarrollarse con plena tranquilidad en todos los aspectos de su vida».
Fuente: ABC








