SCJN avala autonomía de gobiernos locales para dar acceso a la vivienda a sus trabajadores

Rechaza que sea inconstitucional que el gobierno de Sinaloa no tenga una disposición normativa al respecto

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Ante una controversia presentada contra el estado de Sinaloa, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que las legislaturas estatales pueden decidir la forma en que los poderes locales, en su carácter de patrones, garantizan el derecho a la vivienda de sus trabajadores.

De acuerdo con el máximo tribunal, cada una de las entidades federativas puede determinar qué modelo implementará para garantizar el derecho de la vivienda de sus trabajadores, bajo cualquiera de estas modalidades:

Fondo estatal para la vivienda.
Firma de convenios con institutos federales.
Proporcionando directamente las viviendas para que sean pagadas por los trabajadores.
A través de los medios que se consideren convenientes.
«La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que las legislaturas estatales pueden decidir la forma en que los poderes locales, en su carácter de empleadores, garantizan el derecho a la vivienda de sus trabajadores», informó el máximo tribunal en un comunicado.

Esta resolución se dio en el contexto de una reclamación contra el gobierno de Sinaloa, en la cual se presentaba por una omisión por parte de la administración local de establecer aportaciones al fondo de la vivienda.

Al respecto, la Segunda Sala de la SCJN estableció que, si bien la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado de Sinaloa no tiene una disposición normativa que establezca un modelo en el que se obligue al poder ejecutivo local, en su carácter de patrón, a efectuar aportaciones periódicas a los fondos de vivienda federales, esto no resulta inconstitucional.

Esto debido a que las relaciones de trabajo entre los estados y sus trabajadores se rigen por las leyes que expiden las legislaturas locales, lo que garantiza los derechos mínimos reconocidos en la Constitución Federal.

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