¿Me pueden descontar del aguinaldo por incapacidad de maternidad? Esto dice la Profedet

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El aguinaldo debe pagarse antes del 20 de diciembre a todos los trabajadores que presten sus servicios de manera subordinada a un patrón.

Diciembre se acerca y con las fiestas de fin de año también llega el pago del aguinaldo, una de las prestaciones más esperadas por los mexicanos. Recuerda que debe pagarse antes del 20 de diciembre y que aplica para todos los trabajadores que presten sus servicios de manera subordinada a un patrón, cuya relación de trabajo se rija por la Ley Federal del Trabajo (LFT).

Cuando se acerca la fecha de recibir este ingreso extra surgen algunas dudas en torno a él; una de esas dudas es si se les descuenta del aguinaldo a las madres trabajadoras por haber solicitado incapacidad por maternidad pre y post natal. Aquí te explicamos si ese descuento es aplicable. 

La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) explica que el aguinaldo es independiente de los períodos antes y después del nacimiento, estos deben ser considerados como días trabajados para el cálculo del aguinaldo por lo que si solicitaste una incapacidad de maternidad puedes estar tranquila, ya que no te descontarán parte del aguinaldo. Si tu patrón no considera estos días para el pago de tu aguinaldo, estará incurriendo en una falta que puedes denunciar.

¿Qué trabajadores tienen derecho a recibir aguinaldo?

La LFT indica que quienes no hayan cumplido un año de servicio, se encuentran laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tienen derecho a percibir la parte proporcional del mismo, en función del tiempo que trabajaron.

La Profedet señala que el pago de aguinaldo les corresponde a las siguientes personas trabajadoras:

  • De base
  • Confianza
  • De planta
  • Sindicalizados
  • Por obra o tiempo determinado
  • Temporada
  • Por tiempo indeterminado sujeto a prueba o sujeto a capacitación inicial
  • Eventuales
  • Comisionistas
  • Agentes de comercio
  • Agentes de seguro
  • Vendedores
  • Otros que se rijan por la LFT

¿Cómo puedo ponerme en contacto con la Profedet?

En las oficinas centrales, ubicadas en Dr. José María Vértiz, número 211, colonia Doctores, alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México.

En la República Mexicana brindamos nuestros servicios gratuitos al interior de

Enlas oficinas del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, ubicadas en los estados. Puedes consultar su ubicación aquí: https://www.profedet.gob.mx/micrositio/sedes/sedes.html

Atención vía telefónica: 8009117877 y 8007172942.

Correo electrónico: orientacionprofedet@stps.gob.mx

Fuente: Heraldo de México

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