{"id":105255,"date":"2022-04-20T19:36:28","date_gmt":"2022-04-21T00:36:28","guid":{"rendered":"http:\/\/elcuartopoder.com.mx\/nw\/?p=105255"},"modified":"2022-04-20T19:36:32","modified_gmt":"2022-04-21T00:36:32","slug":"el-estado-de-derecho-una-precondicion-para-vivir-en-democracia","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/elcuartopoder.com.mx\/nw\/editorial\/el-estado-de-derecho-una-precondicion-para-vivir-en-democracia\/","title":{"rendered":"El Estado de Derecho, una precondici\u00f3n para vivir en democracia"},"content":{"rendered":"\n<p class=\"wp-block-paragraph\">De acuerdo con Kofi Annan, el Estado de Derecho es un principio de gobierno seg\u00fan el cual todas las personas, instituciones y entidades, p\u00fablicas y privadas, -incluido el propio Estado-, est\u00e1n sometidas a leyes, que se hacen cumplir por igual y se aplican con independencia, y que son compatibles con las normas y principios internacionales de derechos humanos.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Por otro lado, la democracia constitucional descansa en 3 pilares fundamentales: la divisi\u00f3n operativa y funcional de los poderes ejecutivo, legislativo y judicial; el respeto, la protecci\u00f3n y garant\u00eda de los derechos humanos, y una Constituci\u00f3n que distribuye competencias y garantiza derechos humanos. En este sentido, M\u00e9xico es un Estado Democr\u00e1tico de Derecho, porque contamos con una Constituci\u00f3n que establece la divisi\u00f3n de poderes y el reconocimiento de los derechos humanos, y constituye el sustento del entramado jur\u00eddico que todas y todos estamos obligados a cumplir. Lo anterior desde luego incluye a las autoridades que adem\u00e1s nos regimos por el principio de legalidad, lo que quiere decir que estamos obligadas a actuar de acuerdo con lo que expresamente nos est\u00e1 permitido en la ley, no s\u00f3lo por el deber de cumplir la norma sino tambi\u00e9n por la preocupaci\u00f3n justificada de garantizar la protecci\u00f3n de los derechos humanos, pues de ello deriva la legitimidad de las personas gobernantes y sus decisiones.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En materia pol\u00edtico-electoral, contamos con normas espec\u00edficas que rigen los procesos electorales y de participaci\u00f3n ciudadana, marco jur\u00eddico que debe ser observado por todas las personas involucradas en la vida pol\u00edtica del pa\u00eds, incluyendo por supuesto a las y los servidores p\u00fablicos; y, en caso de incumplirse con tales disposiciones, es deber de las autoridades electorales intervenir para restablecer el orden legal y con ello generar certeza de que las leyes son aplicadas a todas las personas por igual.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Para vigilar el cumplimiento de estas leyes se cre\u00f3 al Instituto Federal Electoral que despu\u00e9s dio paso al Instituto Nacional Electoral (INE), instituciones imparciales y aut\u00f3nomas cuya principal funci\u00f3n ha sido organizar procesos electorales y, en el caso del INE, adem\u00e1s de participaci\u00f3n ciudadana, vigilando que en todo momento se respeten las normas que los regulan. Sin embargo, para hablar de una verdadera democracia, adem\u00e1s de contar con elecciones aut\u00e9nticas, resulta fundamental considerar otros como la existencia de un Estado de Derecho.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Para el proceso de Revocaci\u00f3n de Mandato se estableci\u00f3 tanto en la Constituci\u00f3n como en la ley de la materia que el INE y los Organismos P\u00fablicos Locales tendr\u00edan a su cargo, de forma exclusiva, la difusi\u00f3n de dicho mecanismo participativo. Adem\u00e1s, se previ\u00f3 que desde la emisi\u00f3n de la convocatoria y hasta la conclusi\u00f3n de la jornada de revocaci\u00f3n de mandato, deb\u00eda suspenderse la difusi\u00f3n de toda propaganda gubernamental de cualquier orden de gobierno. Sin embargo, diversas autoridades gubernamentales y actores pol\u00edticos no respetaron lo previsto en dicho ordenamiento. M\u00e1s aun, el Congreso de la Uni\u00f3n emiti\u00f3 un Decreto por medio del cual estableci\u00f3 una interpretaci\u00f3n del concepto de \u201cpropaganda gubernamental\u201d con la finalidad de permitir la vulneraci\u00f3n a las normas y criterios que han regido nuestro modelo de comunicaci\u00f3n pol\u00edtica por al menos 14 a\u00f1os.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Por fortuna, las autoridades electorales no ignoraron los precedentes y consistentemente desde el INE se siguieron emitiendo las medidas cautelares que se consideraron procedentes, a trav\u00e9s de la Comisi\u00f3n de Quejas y Denuncias, y la Sala Superior del TEPJF determin\u00f3 que el Decreto emitido por el Congreso de la Uni\u00f3n era inaplicable al proceso de Revocaci\u00f3n de Mandato, puesto que a trav\u00e9s de \u00e9ste se establec\u00eda una excepci\u00f3n a la prohibici\u00f3n de la difusi\u00f3n de propaganda gubernamental que no se encontraba prevista ni en el texto constitucional ni legal.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Sin duda alguna, esta primera implementaci\u00f3n del proceso de Revocaci\u00f3n de Mandato se desarroll\u00f3 en medio de diversas controversias planteadas por distintos actores pol\u00edticos, que constantemente denunciaban transgresiones a la normatividad que reg\u00eda el proceso, llegando as\u00ed a presentarse 192 quejas en el \u00e1mbito central y a radicarse 127 procedimientos especiales sancionadores en los \u00f3rganos desconcentrados del INE. Pese a todo esto, el pasado 10 de abril se llev\u00f3 a cabo una jornada de votaci\u00f3n ejemplar en t\u00e9rminos organizativos, gracias al compromiso de la ciudadan\u00eda.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En tiempos de polarizaci\u00f3n pol\u00edtica como los que atraviesa nuestro pa\u00eds, debe prevalecer el razonamiento de que las instituciones deben ejercer sus atribuciones legales, buscando en todo momento asegurar la viabilidad democr\u00e1tica. Someter al escrutinio p\u00fablico el discurso amigo-enemigo resulta un vaciamiento argumental que ignora las atribuciones que constitucionalmente sostienen a las instituciones, de modo que las decisiones fundamentadas en la ley no pueden ni deben ser medidas por \u00edndices de popularidad.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Para contar con instituciones y gobiernos verdaderamente democr\u00e1ticos se requiere de la presencia de personas aut\u00e9nticamente dem\u00f3cratas que act\u00faen en cumplimiento estricto de las normas, que atiendan los limites establecidos constitucionalmente para cada poder, que acaten las normas por h\u00e1bito y convicci\u00f3n, y que tomen decisiones sin importar si se contraponen al clamor popular o a los deseos de las personas en el poder.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Fuente: heraldodemexico<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>De acuerdo con Kofi Annan, el Estado de Derecho es un principio de gobierno seg\u00fan el cual todas las personas, instituciones y entidades, p\u00fablicas y privadas, -incluido el propio Estado-, est\u00e1n sometidas a leyes, que se hacen cumplir por igual y se aplican con independencia, y que son compatibles con las normas y principios internacionales [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":105256,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[63],"tags":[],"class_list":["post-105255","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-editorial"],"_links":{"self":[{"href":"http:\/\/elcuartopoder.com.mx\/nw\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/105255","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"http:\/\/elcuartopoder.com.mx\/nw\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"http:\/\/elcuartopoder.com.mx\/nw\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/elcuartopoder.com.mx\/nw\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/elcuartopoder.com.mx\/nw\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=105255"}],"version-history":[{"count":1,"href":"http:\/\/elcuartopoder.com.mx\/nw\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/105255\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":105257,"href":"http:\/\/elcuartopoder.com.mx\/nw\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/105255\/revisions\/105257"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/elcuartopoder.com.mx\/nw\/wp-json\/wp\/v2\/media\/105256"}],"wp:attachment":[{"href":"http:\/\/elcuartopoder.com.mx\/nw\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=105255"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"http:\/\/elcuartopoder.com.mx\/nw\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=105255"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"http:\/\/elcuartopoder.com.mx\/nw\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=105255"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}