{"id":105428,"date":"2022-04-25T10:00:55","date_gmt":"2022-04-25T15:00:55","guid":{"rendered":"http:\/\/elcuartopoder.com.mx\/nw\/?p=105428"},"modified":"2022-04-25T10:00:58","modified_gmt":"2022-04-25T15:00:58","slug":"aun-sin-reforma-constitucional-el-gobierno-si-puede-cancelar-permisos-a-empresas","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/elcuartopoder.com.mx\/nw\/nacionales\/aun-sin-reforma-constitucional-el-gobierno-si-puede-cancelar-permisos-a-empresas\/","title":{"rendered":"A\u00fan sin reforma constitucional, el Gobierno s\u00ed puede cancelar permisos a empresas"},"content":{"rendered":"\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Con o sin reforma constitucional en materia el\u00e9ctrica, las empresas privadas, nacionales o extranjeras, que participan en el mercado de generaci\u00f3n y suministro de energ\u00eda, que pudieran estar operando en forma irregular o ilegal, tendr\u00e1n que negociar con el gobierno federal sus contratos o permisos, los cuales podr\u00edan ser cancelados y sus due\u00f1os investigados y denunciados hasta por la v\u00eda penal.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La Ley de la Industria El\u00e9ctrica, que fue declarada constitucional y vigente por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Naci\u00f3n el pasado jueves 7 de abril del 2022, faculta al gobierno federal, a trav\u00e9s de la Comisi\u00f3n Reguladora de Energ\u00eda (CRE) para investigar, sancionar y cancelar contratos a empresas que est\u00e9n operando en forma irregular.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El pasado domingo 17 de abril del 2022, con 223 votos en contra de la oposici\u00f3n integrada por PAN, PRI, PRD y Movimiento Ciudadano, y 275 a favor de la alianza encabezada por Morena, fue rechazada en la C\u00e1mara de Diputados de la federaci\u00f3n la iniciativa de reforma el\u00e9ctrica del presidente Andr\u00e9s Manuel L\u00f3pez Obrador, al no sumar sufragios suficientes para obtener la mayor\u00eda calificada de dos terceras partes de los legisladores presentes.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Sin embargo, la oposici\u00f3n no repar\u00f3 en que las bases para revisar, sancionar o cancelar los contratos irregulares o ilegales en manos de la iniciativa privada nacional y extranjera ya hab\u00edan quedado firmes al ser declaradas constitucionales, por la Suprema Corte de Justicia de la Naci\u00f3n, al estar incluidas en dos art\u00edculos transitorios de las reformas a la Ley de la Industria El\u00e9ctrica publicadas en el Diario Oficial de la Federaci\u00f3n desde el 9 de marzo de 2021.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En el comunicado oficial de la Suprema Corte, difundido el jueves 7 de abril del 2022 se advierte que el Tribunal Pleno reconoci\u00f3 la constitucionalidad de diversos art\u00edculos que definen los contratos de cobertura el\u00e9ctrica, contratos de cobertura el\u00e9ctrica con compromiso de entrega f\u00edsica y contratos legado para el suministro b\u00e1sico (\u2026) y se\u00f1alan criterios para determinar la asignaci\u00f3n y despacho a fin de satisfacer la demanda de energ\u00eda el\u00e9ctrica en el sistema.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Explica el comunicado que la Suprema Corte de Justicia de la Naci\u00f3n reconoci\u00f3 la validez de los art\u00edculos Cuarto y Quinto de la reforma a la Ley El\u00e9ctrica del 9 de marzo del 2021, que consideran la posibilidad de revocar permisos obtenidos en fraude a la ley; as\u00ed como revisar, renegociar o terminar contratos suscritos con productores independientes. Ello, al estimar que no transgreden los principios de no retroactividad y seguridad jur\u00eddica, por no existir derechos adquiridos en aspectos relacionados con el orden p\u00fablico y ser lo suficientemente precisos.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">\u00bfQu\u00e9 es lo que contemplan esos art\u00edculos transitorios declarados constitucionales por el Pleno de la Corte?<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Cito textual: \u201cCuarto. Los permisos de autoabastecimiento, con sus modificaciones respectivas, otorgados o tramitados al amparo de la Ley del Servicio P\u00fablico de Energ\u00eda El\u00e9ctrica, que contin\u00faen surtiendo sus efectos jur\u00eddicos, obtenidos en fraude a la ley, deber\u00e1n ser revocados por la Comisi\u00f3n Reguladora de Energ\u00eda mediante el procedimiento administrativo correspondiente\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Agrega textualmente el art\u00edculo quinto transitorio: \u201cLos Contratos de Compromiso de Capacidad de Generaci\u00f3n de Energ\u00eda El\u00e9ctrica y Compraventa de Energ\u00eda El\u00e9ctrica suscritos con productores independientes de energ\u00eda al amparo de la Ley del Servicio P\u00fablico de Energ\u00eda El\u00e9ctrica, deber\u00e1n ser revisados a fin de garantizar su legalidad y el cumplimiento del requisito de rentabilidad para el Gobierno Federal (\u2026) En su caso, dichos contratos deber\u00e1n ser renegociados o terminados en forma anticipada\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La Ley de la Industria El\u00e9ctrica, en su art\u00edculo 12, faculta a la Comisi\u00f3n Reguladora de Energ\u00eda para \u201cotorgar los permisos (\u2026) considerando los criterios de planeaci\u00f3n del Sistema El\u00e9ctrico Nacional establecidos por la Secretar\u00eda, y resolver sobre su modificaci\u00f3n, revocaci\u00f3n, cesi\u00f3n, pr\u00f3rroga o terminaci\u00f3n\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La Fracci\u00f3n 48 del referido art\u00edculo \u201cfaculta a la Comisi\u00f3n Reguladora de Energ\u00eda para investigar, identificar y denunciar a las personas que realicen actos u omisiones que tengan como objeto o consecuencia directa o indirecta influir en la toma de decisi\u00f3n de un servidor p\u00fablico, del personal o de los consejeros de las empresas productivas del Estado en la industria el\u00e9ctrica para obtener un beneficio econ\u00f3mico personal directo o indirecto, en el \u00e1mbito de sus atribuciones\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">De igual manera, el art\u00edculo 162 de la Ley de la Industria El\u00e9ctrica advierte que \u201cen el \u00e1mbito de sus respectivas atribuciones, la Secretar\u00eda (de Energ\u00eda) y la (Comisi\u00f3n Reguladora de Energ\u00eda) CRE estar\u00e1n facultadas para prevenir, investigar, identificar, denunciar y, en su caso, sancionar a los contratistas, permisionarios, servidores p\u00fablicos, as\u00ed como toda persona f\u00edsica o moral, p\u00fablica o privada, nacional o extranjera que participe en el sector energ\u00e9tico cuando realicen actos u omisiones que tengan como objeto o consecuencia directa o indirecta influir en la toma de decisi\u00f3n de un servidor p\u00fablico, del personal o de los consejeros de las empresas productivas del Estado en la industria el\u00e9ctrica para obtener un beneficio econ\u00f3mico personal directo o indirecto\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En tanto que el art\u00edculo 163 de la misma ley se\u00f1ala que \u201csin perjuicio de las disposiciones espec\u00edficas en materia de combate a la corrupci\u00f3n, las personas f\u00edsicas y morales, nacionales o extranjeras que participen en las contrataciones en materia de electricidad ser\u00e1n sancionadas cuando (..) \u201cofrezcan o entreguen dinero o cualquier otro beneficio a un servidor p\u00fablico, personal o consejero de las empresas productivas del Estado o a un tercero que de cualquier forma intervenga en alguno o algunos de los actos dentro del procedimiento de contrataci\u00f3n, a cambio de que dicho servidor p\u00fablico, personal o consejero realice o se abstenga de realizar un acto relacionado con sus funciones o con las de otro servidor p\u00fablico, con el prop\u00f3sito de obtener o mantener una ventaja, con independencia de la recepci\u00f3n de dinero o un beneficio obtenido\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Agrega el mismo art\u00edculo que ser\u00e1 sancionada la persona o empresa, nacional o extranjera, que \u201crealice cualquier conducta u omisi\u00f3n que tengan por objeto o efecto evadir los requisitos o reglas establecidos para obtener cualquier tipo de contrataci\u00f3n o simule el cumplimiento de \u00e9stos o que \u201chaga uso de su influencia o poder pol\u00edtico, reales o ficticios, sobre cualquier servidor p\u00fablico, personal o consejeros de las empresas productivas del Estado, con el prop\u00f3sito de obtener para s\u00ed o para un tercero un beneficio o ventaja, con independencia de la aceptaci\u00f3n de las personas involucradas o del resultado obtenido\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Cuatro de los actuales siete consejeros que integran el \u00d3rgano de Gobierno de la Comisi\u00f3n Reguladora de Energ\u00eda fueron nombrados por el presidente L\u00f3pez Obrador el 4 de abril del 2019: Luis Linares Zapata, Norma Leticia Campos Arag\u00f3n, Jos\u00e9 Alberto Celestinos Isaacs y Guadalupe Escalante Ben\u00edtez. Los otros tres consejeros son: el Comisionado presidente Leopoldo Vicente Melchi Garc\u00eda, Hermilo Ceja Lucas y Luis Guillermo Pineda Bernal.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">A partir de entonces, la Comisi\u00f3n Reguladora de Energ\u00eda ha sido m\u00e1s estricta en el otorgamiento de permisos a particulares para la generaci\u00f3n de energ\u00eda el\u00e9ctrica y mantiene un conflicto permanente con la empresa espa\u00f1ola Iberdrola.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">\u201cPara no llegar a denuncias penales, el presidente Andr\u00e9s Manuel L\u00f3pez Obrador convoc\u00f3 a las empresas beneficiadas con el autoabasto el\u00e9ctrico al di\u00e1logo para poder transitar a la legalidad, una vez que la Suprema Corte de Justicia de la Naci\u00f3n (SCJN) cerr\u00f3 el tema de la ley el\u00e9ctrica y la declar\u00f3 constitucional, art\u00edculo por art\u00edculo, por lo que \u2018no hay amparo que valga\u2019\u201d, public\u00f3 este jueves 21 de abril del 2022 el peri\u00f3dico El Financiero.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Es mismo d\u00eda los peri\u00f3dicos de Grupo Reforma pusieron en sus primeras planas la siguiente informaci\u00f3n: \u201cEl Presidente Andr\u00e9s Manuel L\u00f3pez Obrador amag\u00f3 ayer a las empresas que operan con esquemas de autoabasto de energ\u00eda el\u00e9ctrica a que acepten un acuerdo con el Gobierno, se apeguen a las nuevas reglas del sector y no se expongan a un juicio de car\u00e1cter penal\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El Gobierno del Presidente L\u00f3pez Obrador tiene en sus manos las herramientas jur\u00eddicas para sancionar abusos y cancelar permisos a empresas, nacionales o extranjeras, que est\u00e9n cometiendo abusos y violando la ley, tanto por la v\u00eda administrativa, como por el camino de las denuncias penales.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Fuente: sinembargo<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Con o sin reforma constitucional en materia el\u00e9ctrica, las empresas privadas, nacionales o extranjeras, que participan en el mercado de generaci\u00f3n y suministro de energ\u00eda, que pudieran estar operando en forma irregular o ilegal, tendr\u00e1n que negociar con el gobierno federal sus contratos o permisos, los cuales podr\u00edan ser cancelados y sus due\u00f1os investigados y [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":105429,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[55],"tags":[],"class_list":["post-105428","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-nacionales"],"_links":{"self":[{"href":"http:\/\/elcuartopoder.com.mx\/nw\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/105428","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"http:\/\/elcuartopoder.com.mx\/nw\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"http:\/\/elcuartopoder.com.mx\/nw\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/elcuartopoder.com.mx\/nw\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/elcuartopoder.com.mx\/nw\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=105428"}],"version-history":[{"count":1,"href":"http:\/\/elcuartopoder.com.mx\/nw\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/105428\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":105430,"href":"http:\/\/elcuartopoder.com.mx\/nw\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/105428\/revisions\/105430"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/elcuartopoder.com.mx\/nw\/wp-json\/wp\/v2\/media\/105429"}],"wp:attachment":[{"href":"http:\/\/elcuartopoder.com.mx\/nw\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=105428"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"http:\/\/elcuartopoder.com.mx\/nw\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=105428"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"http:\/\/elcuartopoder.com.mx\/nw\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=105428"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}