{"id":107342,"date":"2022-06-17T15:46:11","date_gmt":"2022-06-17T20:46:11","guid":{"rendered":"http:\/\/elcuartopoder.com.mx\/nw\/?p=107342"},"modified":"2022-06-17T15:46:15","modified_gmt":"2022-06-17T20:46:15","slug":"la-suprema-corte-mexicana-impide-a-nayarit-que-las-corridas-de-toros-sean-consideradas-patrimonio-cultural","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/elcuartopoder.com.mx\/nw\/nacionales\/la-suprema-corte-mexicana-impide-a-nayarit-que-las-corridas-de-toros-sean-consideradas-patrimonio-cultural\/","title":{"rendered":"La Suprema Corte mexicana impide a Nayarit que las corridas de toros sean consideradas patrimonio cultural"},"content":{"rendered":"\n<p>Nuevo varapalo para los defensores taurinos en M\u00e9xico. La Suprema Corte de Justicia de la Naci\u00f3n (SCJN) invalid\u00f3 el mi\u00e9rcoles el decreto de Nayarit que declaraba las corridas de toros y las peleas de gallos como patrimonio cultural inmaterial. Despu\u00e9s de semanas de sesiones y debates, la sala segunda del alto tribunal ha votado por declarar inconstitucional el decreto, entre otros argumentos, porque los animales son \u201cmerecedores de un trato decente\u201d. El veredicto de la Suprema Corte llega en un momento muy tenso entre los juzgados y los taurinos\u00a0tras la clausura de la Plaza M\u00e9xico, en la capital, por orden de un juez federal.<\/p>\n\n\n\n<p>La decisi\u00f3n de la SCJN no ha sido una sorpresa. Las discusiones en las \u00faltimas semanas iban encaminadas hacia dar la raz\u00f3n a la asociaci\u00f3n civil Contigo Tepic, que promovi\u00f3 un amparo contra el decreto que fue aprobado en Nayarit en 2019. La resoluci\u00f3n ha sido propuesta por el ministro Alberto P\u00e9rez Day\u00e1n y aprobada con cuatro votos a favor y uno en contra de la ministra Yasm\u00edn Esquivel Mossa. En primer lugar, la SCJN considera que Nayarit no tiene \u201cla facultad para emitir este tipo de declaratorias sobre patrimonio cultural\u201d, puesto que dependen del Gobierno Federal.<\/p>\n\n\n\n<p>Pero la sala no ha dejado espacio a la ambig\u00fcedad: \u201cLas peleas de gallos y la fiesta taurina, al traducirse en actividades que generan sufrimiento, agon\u00eda e incluso\u00a0la muerte de especies sintientes, de manera innecesaria o injustificada, resultan incompatibles o irreconciliables con el derecho humano a un medio ambiente sano y, por ende, no son susceptibles de tutela bajo los llamados derechos culturales\u201d. As\u00ed, los magistrados consideran que es incompatible proteger del maltrato a estos animales y al mismo tiempo dar las ayudas financieras y educativas, que recibe una actividad cuando es bien cultural inmaterial, para fomentar los espect\u00e1culos.<\/p>\n\n\n\n<p>Adem\u00e1s, la sentencia nombra el popular derecho a un medio ambiente sano, protegido en el art\u00edculo 4 de la Constituci\u00f3n mexicana. Su interpretaci\u00f3n, que ya hab\u00eda sido deslizada en otras sesiones, sirvi\u00f3 como precedente en la resoluci\u00f3n del juez federal Jonathan Bass en el caso de la asociaci\u00f3n Justicia Justa contra la plaza de toros de Ciudad de M\u00e9xico, La Monumental. \u201cHay una tendencia jurisprudencial de la SCJN avalar que la protecci\u00f3n al derecho a un medio ambiente sano implica la erradicaci\u00f3n de tratamientos crueles contra animales\u201d,\u00a0explicaba el abogado Luis P\u00e9rez de Acha a EL PA\u00cdS.<\/p>\n\n\n\n<p>La vinculaci\u00f3n de este derecho humano con la tauromaqu\u00eda no est\u00e1 exento de pol\u00e9mica. Mientras el juez Bass apuntaba, por un lado: \u201cLa sociedad se encuentra interesada en que se respete la integridad de todos los animales porque son seres vivos que conforman los ecosistemas y que, por consiguiente, contribuyen con servicios ambientales que resultan esenciales para el ser humano\u201d; los taurinos mantienen que \u201cel toro bravo vive y es criado para las corridas de toros se extinguir\u00eda si no tiene otro uso y ah\u00ed si sufrir\u00eda da\u00f1o el ecosistema\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>La Suprema Corte ha sido muy tajante con respecto a las implicaciones de su resoluci\u00f3n. \u201cToda interpretaci\u00f3n de esta sentencia, en el sentido de que las peleas de gallos o la fiesta taurina resultan contrarias o prohibidas por la Constituci\u00f3n, resultar\u00eda claramente errada. Esta Sala \u00fanica y expresamente considera que dichas actividades no son susceptibles de reconocimiento como patrimonio cultural inmaterial\u201d, recoge el proyecto aprobado.<\/p>\n\n\n\n<p>Sin embargo, s\u00ed puede abrir las puertas a que se invalide esta protecci\u00f3n cultural en otros Estados. En M\u00e9xico, adem\u00e1s de Nayarit, en otros ocho \u2014Aguascalientes, Tlaxcala, Hidalgo, Quer\u00e9taro, Zacatecas, Michoac\u00e1n, Nuevo Le\u00f3n y Guanajuato\u2014, la fiesta taurina goza de la misma declaraci\u00f3n como patrimonio inmaterial. En el caso de Nuevo Le\u00f3n, el Congreso aprob\u00f3 esta declaraci\u00f3n hace apenas unas semanas.<\/p>\n\n\n\n<p>M\u00e1s all\u00e1 de los circuitos judiciales, el debate sobre la prohibici\u00f3n de las corridas de toros en M\u00e9xico tiene tambi\u00e9n una versi\u00f3n pol\u00edtica. Por ejemplo, la comisi\u00f3n de Bienestar Animal del Congreso de Ciudad de M\u00e9xico aprob\u00f3 en diciembre una reforma para suspenderlas. Pero el bloqueo de los grupos pol\u00edticos, especialmente de Morena, ha hecho que se encuentre paralizada. Mientras la jefa de Gobierno,\u00a0Claudia Sheinbaum, aboga por resolver el conflicto en una consulta ciudadana, una especie de refer\u00e9ndum para decidir sobre su continuidad. Sin embargo, la pol\u00edtica todav\u00eda no ha dado detalles de c\u00f3mo se llevar\u00eda a cabo.<\/p>\n\n\n\n<p>Fuente: elpa\u00eds<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Nuevo varapalo para los defensores taurinos en M\u00e9xico. La Suprema Corte de Justicia de la Naci\u00f3n (SCJN) invalid\u00f3 el mi\u00e9rcoles el decreto de Nayarit que declaraba las corridas de toros y las peleas de gallos como patrimonio cultural inmaterial. 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