{"id":109138,"date":"2022-08-14T14:26:19","date_gmt":"2022-08-14T19:26:19","guid":{"rendered":"http:\/\/elcuartopoder.com.mx\/nw\/?p=109138"},"modified":"2022-08-14T14:26:23","modified_gmt":"2022-08-14T19:26:23","slug":"transporte-maritimo-de-quintana-roo-sujeto-a-investigacion","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/elcuartopoder.com.mx\/nw\/estatales\/transporte-maritimo-de-quintana-roo-sujeto-a-investigacion\/","title":{"rendered":"Transporte mar\u00edtimo de Quintana Roo sujeto a investigaci\u00f3n"},"content":{"rendered":"\n<p>El pasado 13 de julio, la&nbsp;<strong>Comisi\u00f3n Federal de Competencia Econ\u00f3mica<\/strong>&nbsp;(Cofece) anunci\u00f3 que iniciar\u00e1 una nueva investigaci\u00f3n por pr\u00e1cticas monop\u00f3licas contra las empresas de servicio de transporte mar\u00edtimo de pasajeros y de carga en los cruces hacia Isla Mujeres y Cozumel.<\/p>\n\n\n\n<p>En realidad, se trata de un procedimiento para determinar si se han o no actualizado, o si se est\u00e1n o no actualizando, cualquiera de las conductas previstas en el art\u00edculo 53 de la LFCE, vigente al momento del inicio de la presente investigaci\u00f3n, seg\u00fan se lee en el Diario Oficial de la Federaci\u00f3n. La dependencia ya hab\u00eda investigado y determinado en 2021 que la Marina determinase las tarifas mar\u00edtimas en Quintana Roo por haber encontrado pr\u00e1cticas monop\u00f3licas entras las empresas navieras, por lo que el nuevo procedimiento tiene por objeto determinar si se corrigieron las conductas encontradas en la referida investigaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>En dichas pesquisas se determin\u00f3 tambi\u00e9n que la Cofece iba a establecer una regulaci\u00f3n tarifaria a trav\u00e9s de la&nbsp;<strong>Secretar\u00eda de Marina<\/strong>, luego de que se constat\u00f3 que los usuarios de este servicio no tienen otras opciones para trasladarse desde Isla Mujeres o Cozumel a la parte continental de Quintana Roo sin incurrir en costos adicionales. \u201cLo anterior debido a que los servicios de transportes terrestre, a\u00e9reo u otras formas de transporte mar\u00edtimo \u2014como el de turismo n\u00e1utico o el de transbordador\u2014, no sustituyen a los ferris, entre otros factores, por las diferencias en las condiciones como facilidades, precio, velocidad de traslado y frecuencias\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>La dependencia confirm\u00f3 en 2021 que Naviera Magna (Ultramar) tiene una alta participaci\u00f3n de mercado y poder sustancial en los puertos Puerto Ju\u00e1rez y Zona Hotelera \u2013en este \u00faltimo es el \u00fanico oferente\u2013, en tanto que en la ruta Cozumel\u2014Playa del Carmen, Magna y Golfo Transportaci\u00f3n (Winjet) tienen alta participaci\u00f3n de mercado y un comportamiento similar en materia tarifaria y de horarios, en una estructura de mercado que no favorece la competencia. Es decir, se pon\u00edan de acuerdo entre las empresas para fijar un solo precio del boleto, anulando la competencia entre ellas mismas.<\/p>\n\n\n\n<p>El 25 de marzo de este a\u00f1o se public\u00f3 tambi\u00e9n en el Diario Oficial de la Federaci\u00f3n, las reglas para el establecimiento de las tarifas por parte de las navieras. En dicha publicaci\u00f3n se invita a que sean las propias navieras a establecer sus tarifas, tomando en base diversos criterios para que el servicio \u201cse preste en condiciones satisfactorias de calidad y eficiencia\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Los elementos a tomar en cuenta son la cantidad y tipo de embarcaciones operadas por ruta, el n\u00famero de pasajeros, y la tarifa por el uso de la infraestructura y servicios portuarios, entre otros.<\/p>\n\n\n\n<p>Los permisionarios deb\u00edan considerar como m\u00ednimo los siguientes grupos tarifarios: local insular (adulto y menor), local peninsular (adulto y menor), p\u00fablico general o turista (adulto y menor), tercera edad y personas con discapacidad.<\/p>\n\n\n\n<p>La propuesta de Tarifa M\u00e1xima por Pasajero debi\u00f3 ser presentada sin considerar el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y sin la Tarifa de Uso Portuario, mismos que son aplicados en el momento de la compra del boleto por el pasajero.<\/p>\n\n\n\n<p>La Secretar\u00eda de Marina debi\u00f3 haber realizado un an\u00e1lisis de las propuestas de tarifa m\u00e1xima por pasajero presentadas por los permisionarios y dar\u00eda su respuesta (autorizaci\u00f3n o negaci\u00f3n) en un plazo de 20 d\u00edas h\u00e1biles contados a partir del d\u00eda siguiente a la presentaci\u00f3n de la propuesta. Las tarifas autorizadas debieron entrar en vigor a los 10 d\u00edas h\u00e1biles a partir del d\u00eda de su notificaci\u00f3n y ser\u00e1n las m\u00e1ximas aplicables. Podr\u00e1n actualizarse anualmente.<\/p>\n\n\n\n<p><\/p>\n\n\n\n<p>Fuente: eleconomista<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El pasado 13 de julio, la&nbsp;Comisi\u00f3n Federal de Competencia Econ\u00f3mica&nbsp;(Cofece) anunci\u00f3 que iniciar\u00e1 una nueva investigaci\u00f3n por pr\u00e1cticas monop\u00f3licas contra las empresas de servicio de transporte mar\u00edtimo de pasajeros y de carga en los cruces hacia Isla Mujeres y Cozumel. 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