{"id":109412,"date":"2022-08-24T09:58:06","date_gmt":"2022-08-24T14:58:06","guid":{"rendered":"http:\/\/elcuartopoder.com.mx\/nw\/?p=109412"},"modified":"2022-08-24T09:58:10","modified_gmt":"2022-08-24T14:58:10","slug":"profesionalizacion-y-eficacia-de-los-operadores-de-justicia","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/elcuartopoder.com.mx\/nw\/editorial\/profesionalizacion-y-eficacia-de-los-operadores-de-justicia\/","title":{"rendered":"Profesionalizaci\u00f3n y eficacia de los operadores de justicia"},"content":{"rendered":"\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La violencia que M\u00e9xico ha sufrido las dos semanas pasadas y los episodios de encarcelamiento de renombrados integrantes de la arena pol\u00edtica nacional dejan al descubierto el precario Estado de derecho en el que vive el pa\u00eds, y la d\u00e9bil procuraci\u00f3n y administraci\u00f3n de justicia a los que aqu\u00e9l se debe.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En 2008 se aprob\u00f3 una magna reforma constitucional que incorpor\u00f3 un cambio al sistema de justicia penal, a trav\u00e9s del cual se busc\u00f3 transitar de anquilosados procesos escritos, a \u00e1giles y m\u00e1s transparentes procesos orales. En \u00e9stos, el m\u00e9todo busc\u00f3 que los jueces privilegiaran la adversarialidad, o sea, la intervenci\u00f3n de los abogados de fiscal\u00edas independientes, de abogados defensores de presuntos criminales inculpados, y de asesores jur\u00eddicos de v\u00edctimas dolidas por el oprobio del agresor, con el objetivo de esclarecer la verdad, de lograr la aplicaci\u00f3n y cumplimiento de la ley, de ver aplicada la pena contra el victimario y de ver lograda la reparaci\u00f3n del da\u00f1o a favor de la v\u00edctima, para acabar con la impunidad.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La reforma de 2008 vino de la mano con otra en 2011, en materia de derechos humanos, de la que deriv\u00f3 la Ley de Amparo, en la que se encomend\u00f3 a todas las autoridades del pa\u00eds privilegiar la observancia y cuidado de los derechos humanos, quedando subsumido el resto del orden jur\u00eddico nacional a lo que contemplaran tales derechos, incluso, los as\u00ed reconocidos en tratados internacionales.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Con la llegada de la Ley de Amparo en 2013 y el C\u00f3digo Nacional de Procedimientos Penales en 2014, se supon\u00eda que toda la arena estaba puesta para que la aplicaci\u00f3n de la ley provocara un cambio radical en el terreno de la administraci\u00f3n de justicia, y para que la erradicaci\u00f3n de la violencia pudiera convertirse en un obscuro episodio que quedara sepultado en el pasado. Con independencia de la ret\u00f3rica y sus efectos, sobre los abrazos y la atenci\u00f3n de las causas como v\u00eda para lograr la paz, la ley se tendr\u00eda que haber aplicado y logrado su prop\u00f3sito \u00bfQu\u00e9 ha sucedido que la ley no ha cumplido su fin?<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Por un lado, tenemos que, lamentablemente, el hecho de que sea el presidente de la Rep\u00fablica quien d\u00e9 cuenta de las acusaciones que, en teor\u00eda, presenta una fiscal\u00eda general aut\u00f3noma, deja en entredicho tal autonom\u00eda y da a suponer una subordinaci\u00f3n jer\u00e1rquica del primero, una vinculaci\u00f3n pol\u00edtica que permitir\u00eda presumir, tambi\u00e9n, el uso artificioso de la facultad acusadora para fines que pudieran alinearse a un prop\u00f3sito distinto a la pura y verdadera aplicaci\u00f3n del derecho.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Por otro lado, a pesar de que la doctrina y los resultados de la investigaci\u00f3n cient\u00edfica puedan dar cuenta de los grandes avances logrados en la construcci\u00f3n de un andamiaje jur\u00eddico perfecto, con un dise\u00f1o id\u00f3neo para atender la causa para la cual fue concebido, existe una distancia enorme entre lo previsto por la ley y su implementaci\u00f3n en el \u00e1mbito administrativo.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La distracci\u00f3n de recursos y disminuci\u00f3n presupuestal produce un detrimento directamente proporcional en las actividades que realizan las fiscal\u00edas estatales y la general de la Rep\u00fablica, encargadas de la investigaci\u00f3n de los delitos. Si las agencias encargadas de la investigaci\u00f3n carecen de personal o carecen de capacitaci\u00f3n y recursos para recabar medios de prueba de los que depende la fortaleza de la acusaci\u00f3n penal, el \u00e9xito de los procesos que se inician es incierto. Dados los principios de exactitud que rigen al derecho penal, si la aplicaci\u00f3n de la pena prevista en la ley se supedita a la comprobaci\u00f3n cient\u00edfica de los hechos, tenemos que, si tal comprobaci\u00f3n no se llega a dar, entonces su consecuencia, la pena, tampoco.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Por otro lado, a pesar de que ha habido un esfuerzo encomiable del Poder Judicial de la Federaci\u00f3n y los poderes estatales para capacitar a los jueces y magistrados, a quienes se ha dotado de instalaciones y equipo adecuados para cumplir su funci\u00f3n, debe de reconocerse que el mismo proceso no ha sido implementado para reclutar y para capacitar ministerios p\u00fablicos, o a la polic\u00eda de investigaci\u00f3n, quienes enfrentan la tarea inalcanzable de atender un tsunami de denuncias y querellas, para las que carecen de tiempo y recursos suficientes que puedan destinar a recibir pruebas, a entender los hechos, a efectuar su clasificaci\u00f3n jur\u00eddica para identificar la conducta delictiva con respecto de la cual se har\u00e1 la acusaci\u00f3n y, encima, a exponerla correctamente ante los jueces encargados de aplicar la ley.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Es necesaria la capacitaci\u00f3n de agentes a quienes la nueva codificaci\u00f3n procesal penal encomienda recabar elementos de prueba necesarios para demostrar la responsabilidad criminal con fuerza y validez cient\u00edfica, una profesionalidad que no se conoce y a la que est\u00e1 ligado el \u00e9xito del proceso penal. Los ministerios p\u00fablicos carecen del personal de auxilio y apoyo necesario para cumplir su responsabilidad constitucional.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La realidad nos demuestra que, de continuar el funcionamiento del sistema de justicia penal en forma inalterada, pasar\u00e1n d\u00e9cadas enteras antes de que M\u00e9xico llegue a beneficiarse un \u00e1pice con el cambio idealizado de justicia consagrado en nuestra Carta Magna.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">No est\u00e1 habiendo una conexi\u00f3n real entre la realidad nacional en materia de violencia y los recursos que el \u00e1rea de procuraci\u00f3n y administraci\u00f3n de justicia criminal debe de recibir y encausar; pero lo peor es que no est\u00e1 habiendo una correspondencia entre el sistema penal que de manera ideal contempla la ley, con aquel para el que los jueces penales han sido preparados, y de entre los anteriores con aquel en el que la representaci\u00f3n social encargada de perseguir los delitos est\u00e1 desarrollando su funci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Ante bandas criminales b\u00e9lica y econ\u00f3micamente superequipadas; ante un escenario desbordado de violencia galopante que arrebata la paz social; ante una realidad econ\u00f3mica que impide la generaci\u00f3n de empleo y condiciones de vida que faciliten la recuperaci\u00f3n de la legalidad, se torna urgente entender la necesaria construcci\u00f3n jurisprudencial de un proceso transitorio, que permita hacer justicia a partir de acusaciones imperfectas, a favor de v\u00edctimas de verdad.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En ese proceso, adem\u00e1s, el reforzamiento de las instituciones se advierte como un principio de vital importancia, pues no puede obviarse que, en la identificaci\u00f3n de esas v\u00edctimas verdaderas, ha de juzgarse con mayor profundidad aquella acusaci\u00f3n que, por su alcance y contenido, pudiera significar un impacto pol\u00edtico que revelara alguna vulneraci\u00f3n a la autonom\u00eda de la Fiscal\u00eda general, representante de los intereses de la sociedad.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Podr\u00eda as\u00ed entenderse que la pronta superaci\u00f3n de la situaci\u00f3n de caos nacional en la materia de seguridad depende netamente de la funcionalidad de principios de autonom\u00eda, de profesionalizaci\u00f3n, de razonabilidad y eficacia de los que est\u00e1n dotados sus operadores, en uno y otro \u00e1mbito de la justicia. Hasta que eso no opere, el derecho de aplicaci\u00f3n de la ley y la reparaci\u00f3n del da\u00f1o del que son titulares las v\u00edctimas no dejar\u00e1 de ser m\u00e1s que una mera aspiraci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Fuente: elfinanciero<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La violencia que M\u00e9xico ha sufrido las dos semanas pasadas y los episodios de encarcelamiento de renombrados integrantes de la arena pol\u00edtica nacional dejan al descubierto el precario Estado de derecho en el que vive el pa\u00eds, y la d\u00e9bil procuraci\u00f3n y administraci\u00f3n de justicia a los que aqu\u00e9l se debe. 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