{"id":126091,"date":"2024-02-06T12:02:29","date_gmt":"2024-02-06T17:02:29","guid":{"rendered":"http:\/\/elcuartopoder.com.mx\/nw\/?p=126091"},"modified":"2024-02-06T12:02:32","modified_gmt":"2024-02-06T17:02:32","slug":"nosotros-ya-no-somos-los-mismos-2","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/elcuartopoder.com.mx\/nw\/opinion\/nosotros-ya-no-somos-los-mismos-2\/","title":{"rendered":"Nosotros ya no somos los mismos"},"content":{"rendered":"\n<p>Me equivoqu\u00e9 cuando, el pasado lunes,&nbsp;dije que faltaban dos semanas para conocer la voluntaria explicaci\u00f3n que nos brindar\u00eda el autor de una serie de acciones consideradas por ley como delictivas. O sea, el incidente procesal llamado&nbsp;<q>confesi\u00f3n de parte<\/q>, acto que libera al acusador de un delito a comprobar a plenitud la responsabilidad del imputado y presentar las pruebas necesarias del hecho denunciado. Esto acontecer\u00e1, Dios mediante, el 18 de febrero, desde una monumental tribuna que, se dice, ser\u00e1 nada menos que el Z\u00f3calo. Esperemos a escuchar el dicho para, con bases ciertas, opinar al respecto.<\/p>\n\n\n\n<p>Mientras tanto, compartamos otra joyita conceptual a cargo del ministro Alfredo Guti\u00e9rrez Ortiz Mena, quien se refiri\u00f3 a la resoluci\u00f3n tomada el 24 de noviembre de 2022 en la SCJN, en el sentido de que no se debe sujetar a prisi\u00f3n preventiva oficiosa a los imputados por delitos fiscales como contrabando, defraudaci\u00f3n y uso de facturas falsas, pues no constituyen una conducta de delincuencia organizada. Los actos mencionados, por el contrario, incentivan las inversiones, reactivan la econom\u00eda y, evidentemente, le dan a los muy diversos sectores sociales que integran la comunidad nacional un sentido de identidad, de permanencia, que los convoca al empe\u00f1o comunitario que genere para todos progreso, bienestar y el orgullo de conformar una naci\u00f3n democr\u00e1tica, libre e igualitaria. \u00a1S\u00ed, chucha!<\/p>\n\n\n\n<p>Dice La Jornada, en su editorial del domingo pasado, que:&nbsp;<q>La SCJN en su cruzada para debilitar las finanzas p\u00fablicas y complacer a los due\u00f1os de los grandes capitales<\/q>&nbsp;ha emprendido una lucha sin cuartel contra el Servicio de Administraci\u00f3n Tributaria, que est\u00e1 empe\u00f1ado en impedir la criminal succi\u00f3n de los recursos p\u00fablicos que aquellos llevan a cabo impunemente desde hace varios sexenios y que hoy tanto se necesitan para atender programas sociales, infraestructura y cumplimiento de derechos humanos como la educaci\u00f3n, la salud o la vivienda. Es tan escandaloso el uso que se ha dado al criterio antinacional de la SCJN que actualmente se encuentran en juzgados 61 por ciento de todos los adeudos fiscales (adivine usted: \u00bfqui\u00e9nes ser\u00e1n los deudores?) El saldo de este pendiente significar\u00eda multiplicar acciones y ampliar los programas que el gobierno ha puesto en marcha con el fin de ayudar a nuestra gente.<\/p>\n\n\n\n<p>Ya platicamos a ustedes que nueve de los 11 ministros consideraron que no se puede sujetar a prisi\u00f3n preventiva oficiosa a los imputados por delitos fiscales. De inmediato, el togado Guti\u00e9rrez Ortiz Mena, quien detesta verse superado en cada oportunidad de demostrar que es ministro sapiente, pundonoroso, justo y \u00a1acabemos!, hasta buen mexicano, ampli\u00f3 la clasificaci\u00f3n y afirm\u00f3:&nbsp;<q>s\u00f3lo puede tipificarse como delincuencia organizada la conducta il\u00edcita que tiene objetivo desestabilizar el estado de derecho<\/q>. Por supuesto que, para \u00e9l, privar a un pa\u00eds de 15 por ciento de su presupuesto no se interpreta en manera alguna (salvo con un \u00e1nimo abiertamente faccioso), como una acci\u00f3n desestabilizadora, por m\u00e1s que los diccionarios nos den como sin\u00f3nimos de desestabilizar algunas palabras pesadas como defraudar, perturbar, frustrar, violentar una situaci\u00f3n pol\u00edtica o econ\u00f3mica que, en este caso, no ser\u00eda a individuos, sino a la comunidad nacional en su conjunto.<\/p>\n\n\n\n<p>Sin embargo, no le falta raz\u00f3n a Guti\u00e9rrez Ortiz Mena, quien, en sus requisitos para la tipificaci\u00f3n de un comportamiento determinado exige la paralela existencia de dos elementos: una conducta il\u00edcita y una previa organizaci\u00f3n que la lleve a cabo (&nbsp;<em>La Jornada<\/em>, 3\/02\/2024). Conste que Ortiz Mena no reclam\u00f3 el uso de la toga y el birrete.<\/p>\n\n\n\n<p>Me top\u00e9 esta ma\u00f1ana con una declaraci\u00f3n que, por c\u00ednica o est\u00fapida, me dej\u00f3 patidifuso. La autor\u00eda corresponde al se\u00f1or ministro Alberto P\u00e9rez Day\u00e1n. Ya nos asombraremos juntos la pr\u00f3xima semana. Por lo pronto, no dejen de revisar las genialidades del inolvidable Groucho Marx.<\/p>\n\n\n\n<p>Fuente: jornada<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Me equivoqu\u00e9 cuando, el pasado lunes,&nbsp;dije que faltaban dos semanas para conocer la voluntaria explicaci\u00f3n que nos brindar\u00eda el autor de una serie de acciones consideradas por ley como delictivas. 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