{"id":141491,"date":"2025-07-03T16:51:33","date_gmt":"2025-07-03T21:51:33","guid":{"rendered":"https:\/\/elcuartopoder.com.mx\/nw\/?p=141491"},"modified":"2025-07-03T16:51:35","modified_gmt":"2025-07-03T21:51:35","slug":"dos-magistrados-electos-en-la-tablita","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/elcuartopoder.com.mx\/nw\/estatales\/dos-magistrados-electos-en-la-tablita\/","title":{"rendered":"DOS MAGISTRADOS ELECTOS EN \u201cLA TABLITA\u201d"},"content":{"rendered":"\n<p>Contesta Jos\u00e9 de la Pe\u00f1a impugnaci\u00f3n contra su falta de experiencia en materia judicial<\/p>\n\n\n\n<p>&gt;Compareci\u00f3 como tercero interesado en el juicio de nulidad que cuestiona su carencia de al menos 5 a\u00f1os de experiencia profesional en un \u00e1rea jur\u00eddica af\u00edn al cargo de magistrado del Tribunal Superior de Justicia de Quintana Roo &gt;Las impugnaciones contra la elecci\u00f3n judicial local ya se encuentran en etapa de instrucci\u00f3n<\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-image size-full\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" width=\"806\" height=\"799\" src=\"https:\/\/elcuartopoder.com.mx\/nw\/wp-content\/uploads\/2025\/07\/IMG_0257.png\" alt=\"\" class=\"wp-image-141492\" srcset=\"http:\/\/elcuartopoder.com.mx\/nw\/wp-content\/uploads\/2025\/07\/IMG_0257.png 806w, http:\/\/elcuartopoder.com.mx\/nw\/wp-content\/uploads\/2025\/07\/IMG_0257-300x297.png 300w, http:\/\/elcuartopoder.com.mx\/nw\/wp-content\/uploads\/2025\/07\/IMG_0257-150x150.png 150w, http:\/\/elcuartopoder.com.mx\/nw\/wp-content\/uploads\/2025\/07\/IMG_0257-768x761.png 768w, http:\/\/elcuartopoder.com.mx\/nw\/wp-content\/uploads\/2025\/07\/IMG_0257-696x690.png 696w\" sizes=\"auto, (max-width: 806px) 100vw, 806px\" \/><\/figure>\n\n\n\n<p>Jos\u00e9 de la Pe\u00f1a Ruiz de Ch\u00e1vez, jefe de la Oficina de la Gobernadora de Quintana Roo y magistrado electo del Tribunal Superior de Justicia del Estado (TSJE), contest\u00f3 la impugnaci\u00f3n en contra de su presunto incumplimiento del requisito de contar con experiencia laboral en \u00e1reas jur\u00eddicas afines a la administraci\u00f3n de justicia.<br>Para eso, el funcionario y pol\u00edtico del Partido Verde Ecologista de M\u00e9xico (PVEM) compareci\u00f3 como tercero interesado ante el Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo), dentro del juicio de nulidad promovido por el excandidato a magistrado del TSJE Adri\u00e1n Armando Pacheco Salazar, quien demand\u00f3 la nulidad de toda la elecci\u00f3n, pero tambi\u00e9n en espec\u00edfico la revocaci\u00f3n de las constancias de mayor\u00eda y la asignaci\u00f3n de cargos de magistrados a Jos\u00e9 de la Pe\u00f1a Ruiz de Ch\u00e1vez y Jos\u00e9 Ra\u00fal Gal\u00e1n Muedano.<br>Como se recordar\u00e1, en esa impugnaci\u00f3n el excandidato argumenta que ambos ganadores no cumplen el requisito de tener al menos 5 a\u00f1os de pr\u00e1ctica profesional en un \u00e1rea af\u00edn al cargo que buscan ostentar, establecido en la Constituci\u00f3n del estado.<br>En este sentido, la demanda afirma que a partir del curr\u00edculum de ambos personajes se advierte con claridad que los candidatos Jos\u00e9 Ra\u00fal Gal\u00e1n Muedano y Jos\u00e9 de la Pe\u00f1a Ruiz de Ch\u00e1vez dentro de los \u00faltimos 5 a\u00f1os no laboraron en ning\u00fan \u00f3rgano jurisdiccional que forme parte del TSJE o en alguna actividad que pudiera demostrar que efectivamente tienen una experiencia m\u00ednima de 5 a\u00f1os en una \u00e1rea jur\u00eddica af\u00edn a la candidatura que pretenden ocupar.<br>En el caso de Jos\u00e9 de la Pe\u00f1a, resume que su experiencia laboral en el servicio p\u00fablico consiste en: jefe de la Oficina de la Gobernadora del Estado (2024-2025; coordinador de Gabinete de Seguridad y Justicia del Estado (2022 a 2024); Diputado de 2019 a 2022, de 2016 a 2019 y de 2011 a 2013; y regidor del ayuntamiento de Benito Ju\u00e1rez (2008 a 2011).<br>En el caso de Jos\u00e9 Ra\u00fal Gal\u00e1n Muedano, indica que ha sido Director General de la Notar\u00eda 22, de Juan Arturo Contreras Mercader (septiembre del 2022 a la fecha); abogado de la Notar\u00eda 30, de Luis Miguel C\u00e1mara Patr\u00f3n (febrero de 2019 a agosto de 2022); y pasante en Derecho de la misma Notar\u00eda 30 (marzo 2015 a febrero 2019).<br>Los impugna porque considera que la persona que aspire a ejercer el cargo de magistrado del TSJE deber\u00e1 de tener una experiencia profesional acorde a las materias que se ven en las diversas salas de dicho tribunal, dado que las mismas son especializadas, en virtud de que conocen en segunda instancia de asuntos de alta complejidad, relacionadas con la materia civil, mercantil, familiar y penal.<br>\u201cEs por ello que, al tratarse de un \u00f3rgano revisor, resulta indispensable que la persona que pretenda ocupar el cargo de Magistrado, cuente con experiencia como servidor p\u00fablico dentro de alg\u00fan \u00f3rgano jurisdiccional, para conocer el mecanismo, los tiempos de resoluci\u00f3n, y poder detectar las \u00e1reas de oportunidad y con esto lograr un mejor funcionamiento\u201d, manifiesta.<br>El Teqroo inform\u00f3 de la participaci\u00f3n de Jos\u00e9 de la Pe\u00f1a en el juicio en el auto por el cual se declar\u00f3 la admisi\u00f3n y el inicio de la etapa de instrucci\u00f3n de las impugnaciones, que son tres: la presentada por Adri\u00e1n Armando Pacheco Salazar, la del excandidato a juez civil Carlos Vega Mart\u00ednez y la de un grupo de ciudadanos quintanarroenses, todas reclamando la nulidad de las elecciones.<br>Para defenderse, Jos\u00e9 de la Pe\u00f1a present\u00f3 como pruebas s\u00f3lo presunciones, consistentes \u201cen todos los razonamientos l\u00f3gicos y jur\u00eddicos que se realicen, en todo lo que favorezca a la pretensi\u00f3n del promovente\u201d, dice el acuerdo del Teqroo.<br>Adem\u00e1s, tambi\u00e9n la instrumental de actuaciones, \u201cconsistente en todas y cada una de las actuaciones que obran en el expediente, en todo lo que favorezca a la pretensi\u00f3n del promovente\u201d.<br>En cambio, antes del auto de admisi\u00f3n no se tuvo conocimiento de que Jos\u00e9 Ra\u00fal Gal\u00e1n Muedano presentara alg\u00fan escrito para defender su cumplimiento de requisitos, a pesar de que inclusive existe el emplazamiento a agregar como prueba en su contra que carece de 5 a\u00f1os como Licenciado en Derecho, pues su c\u00e9dula profesional tiene apenas 3 a\u00f1os.<br>Los tres juicios de nulidad son atendidos como proyectista por la magistrada Thal\u00eda Hern\u00e1ndez Robledo, y en su resoluci\u00f3n no participar\u00e1 el magistrado presidente del Teqroo, Sergio Avil\u00e9s Demeneghi, pues hay que recordar que fue declarado impedido para hacerlo, debido a que dos familiares cercanos, su esposa y su hermana, fueron candidatas y son juezas electas.<\/p>\n\n\n\n<p>Fuente: diariocambio22<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Contesta Jos\u00e9 de la Pe\u00f1a impugnaci\u00f3n contra su falta de experiencia en 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