{"id":142347,"date":"2025-07-22T08:46:54","date_gmt":"2025-07-22T13:46:54","guid":{"rendered":"https:\/\/elcuartopoder.com.mx\/nw\/?p=142347"},"modified":"2025-07-22T08:46:55","modified_gmt":"2025-07-22T13:46:55","slug":"ley-silla-ha-generado-perdida-de-18-de-la-jornada-laboral-en-sector-de-servicios","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/elcuartopoder.com.mx\/nw\/qtp\/ley-silla-ha-generado-perdida-de-18-de-la-jornada-laboral-en-sector-de-servicios\/","title":{"rendered":"Ley Silla ha generado p\u00e9rdida de 18% de la jornada laboral en sector de servicios"},"content":{"rendered":"\n<p>La Concanaco Servytur se quej\u00f3 de la implementaci\u00f3n de la Ley Silla y pidi\u00f3 definir lineamientos para establecer los horarios del personal que trabaja de pie.<\/p>\n\n\n\n<p>El sector comercio, servicios y turismo se quej\u00f3 de la implementaci\u00f3n de la&nbsp;<strong>Ley Silla<\/strong>&nbsp;que se ha traducido en la reducci\u00f3n de horas efectivas laborales, equivalente al 18.75% en el tiempo operativo diario que es pagado. Ante la incertidumbre, empleadores piden definir tiempos m\u00ednimos y m\u00e1ximos para que los trabajadores tomen descanso sentados.<\/p>\n\n\n\n<p>Para la Confederaci\u00f3n de C\u00e1maras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo (<strong>Concanaco Servytur<\/strong>) resulta indispensable que definan lineamientos para establecer los horarios de los&nbsp;<strong>trabajadores que laboran todo el d\u00eda de pie<\/strong>&nbsp;y puedan sentarse , pues la reciente implementaci\u00f3n ha reducido \u201chasta 6.5 horas efectivas laborales, lo que equivale a una disminuci\u00f3n del 18.75\u202f% en el tiempo operativo diario\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>La&nbsp;<strong>entrada en vigor de la llamada \u201cLey Silla\u201d<\/strong>&nbsp;ha generado una profunda incertidumbre operativa y jur\u00eddica en miles de centros de trabajo en el pa\u00eds, especialmente en los sectores de comercio, servicios y turismo.<\/p>\n\n\n\n<p>Aunque la Secretar\u00eda del Trabajo y Previsi\u00f3n Social (STPS) public\u00f3 lineamientos generales el pasado 17 de julio, coment\u00f3 que \u201cestos no definen a\u00fan los aspectos t\u00e9cnicos esenciales sobre las pausas activas, lo que genera ambig\u00fcedad y posibles interpretaciones arbitrarias.<\/p>\n\n\n\n<p>La Ley Silla genera ambig\u00fcedad y posibles interpretaciones arbitrarias. \u201cEsto significa que, considerando una jornada laboral productiva de 7 horas al d\u00eda durante 6 d\u00edas a la semana, el tiempo de trabajo productivo es de 42 horas semanales, aunque el empleador cubre un salario por 48 horas. Es decir, se trabajan efectivamente 42 de 48 horas por semana\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Especific\u00f3, bajo una jornada laboral de 8 horas, los empleados realizan 2 pausas activas de 15 minutos (equivalente a 30 minutos diarios), m\u00e1s el descanso de comida de 30 minutos. \u201cEl total de tiempo no productivo, pero s\u00ed pagado es de 1 hora\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>La norma reconoce el derecho de las personas trabajadoras a contar con sillas con respaldo y pausas activas durante su jornada, pero no establece lineamientos t\u00e9cnicos m\u00ednimos.<\/p>\n\n\n\n<p>La&nbsp;<strong>Ley Silla no define duraci\u00f3n<\/strong>, frecuencia ni criterios por tipo de actividad, delegando a cada empleador la responsabilidad de determinar los esquemas de descanso mediante evaluaciones de riesgo y a las autoridades de acuerdo con cada entidad federativa aplicar criterios propios y diferenciados, dijo la Concanaco.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cDebemos de considerar que estamos frente a una reducci\u00f3n efectiva del tiempo de trabajo, sin un marco normativo claro. Las empresas deben cumplir, cuidar el bienestar de su personal y mantener la productividad, pero no tienen par\u00e1metros t\u00e9cnicos que les brinden certeza\u201d, se\u00f1al\u00f3 Octavio de la Torre, presidente de Concanaco.<\/p>\n\n\n\n<p>Y es que agreg\u00f3, considerando una jornada laboral productiva de 7 horas al d\u00eda durante 6 d\u00edas a la semana, el tiempo de trabajo productivo es de 42 horas semanales, aunque el empleador cubre un salario por 48 horas. Se trabajan efectivamente 42 de 48 horas por semana.<\/p>\n\n\n\n<p>El dirigente empresarial advirti\u00f3 que cualquier nueva reducci\u00f3n de tiempo efectivo de trabajo agrava los desaf\u00edos financieros del sector formal, que ya enfrenta sobrerregulaci\u00f3n y elevados costos de operaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Esto impacta directamente la planificaci\u00f3n de turnos, metas de productividad y costos operativos, especialmente para los negocios que dependen del flujo constante de consumidores, como es el caso de las micro, peque\u00f1as y medianas empresas.<\/p>\n\n\n\n<p>Fuente: el economista<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La Concanaco Servytur se quej\u00f3 de la implementaci\u00f3n de la Ley Silla y pidi\u00f3 definir lineamientos para establecer los horarios del personal que trabaja de pie. 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