{"id":147000,"date":"2025-10-22T06:33:57","date_gmt":"2025-10-22T11:33:57","guid":{"rendered":"https:\/\/elcuartopoder.com.mx\/nw\/?p=147000"},"modified":"2025-10-22T06:33:58","modified_gmt":"2025-10-22T11:33:58","slug":"tienes-un-coche-de-mas-de-30-anos-como-convertirlo-en-historico-y-sus-ventajas","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/elcuartopoder.com.mx\/nw\/economia\/tienes-un-coche-de-mas-de-30-anos-como-convertirlo-en-historico-y-sus-ventajas\/","title":{"rendered":"\u00bfTienes un coche de m\u00e1s de 30 a\u00f1os? C\u00f3mo convertirlo en hist\u00f3rico y sus ventajas"},"content":{"rendered":"\n<p>No tendr\u00e1n restricciones para acceder a las Zonas de Bajas Emisiones, y los tr\u00e1mites ser\u00e1n m\u00e1s sencillos y baratos.<\/p>\n\n\n\n<p>La DGT define un veh\u00edculo hist\u00f3rico como aquel que por su antig\u00fcedad, inter\u00e9s o singularidad tiene una consideraci\u00f3n especial que protege su car\u00e1cter representativo. Esta protecci\u00f3n permite resguardar el patrimonio cultural y simb\u00f3lico de nuestro tiempo y, a su vez, permite seguir circulando con \u00e9l.<\/p>\n\n\n\n<p>Este es el objetivo fundamental de la nuevo Reglamento de Veh\u00edculos Hist\u00f3ricos, que se plantea abaratar y agilizar el proceso para los propietarios de este tipo de coches respecto a la normativa vigente hasta ahora, que cuenta ya con 30 a\u00f1os. El nuevo reglamento entrar\u00e1 en vigor el pr\u00f3ximo 1 de octubre tras su aprobaci\u00f3n este martes en Consejo de Ministros, y su publicaci\u00f3n el mi\u00e9rcoles en el BOE. Se considera que el uso de los veh\u00edculos hist\u00f3ricos ser\u00e1 ocasional y en ning\u00fan caso como medio de transporte cotidiano para minimizar su impacto medioambiental.<\/p>\n\n\n\n<p>Con la aprobaci\u00f3n de la nueva ley, elaborada por la Direcci\u00f3n General de Tr\u00e1fico con la colaboraci\u00f3n del Ministerio de Industria, las Comunidades Aut\u00f3nomas y la Federaci\u00f3n Espa\u00f1ola de Veh\u00edculos Antiguos (FEVA) se simplificar\u00e1 un proceso que todas las partes implicadas reconocen como excesivamente complejo y costoso.<\/p>\n\n\n\n<p>Seg\u00fan datos de la DGT, en Espa\u00f1a hay unos 47.000 veh\u00edculos hist\u00f3ricos, un n\u00famero relativamente insignificante si se compara con los 400.000 de Francia, los 600.000 de Alemania o el mill\u00f3n y medio del Reino Unido. Con la nueva reglamentaci\u00f3n, el n\u00famero de veh\u00edculos hist\u00f3ricos se ver\u00e1 incrementado significativamente.<\/p>\n\n\n\n<p>La DGT prev\u00e9 que alcancen los 200.000 veh\u00edculos, pero podr\u00edan situarse entre uno y dos millones. Seg\u00fan las estad\u00edsticas de la Direcci\u00f3n General de Tr\u00e1fico (DGT) en 2022 hab\u00eda registrados m\u00e1s de 3,9 millones de veh\u00edculos con una antig\u00fcedad superior a 30 a\u00f1os, pero muchos de ellos no est\u00e1n en circulaci\u00f3n, han terminado sus d\u00edas en un desguace o se exportaron a otros pa\u00edses sin haber tramitado su baja.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Clasificaci\u00f3n: Grupo A o Grupo B<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Como principal novedad el Reglamento de Veh\u00edculos Hist\u00f3ricos reducir\u00e1 de forma importante los precios por hacer hist\u00f3rico un coche, desde los alrededor de 800 euros actuales hasta unos 80 euros. En realidad ya no se habla de \u00abcatalogaci\u00f3n\u00bb de veh\u00edculos hist\u00f3ricos, sino de clasificaci\u00f3n, y se establecen dos grupos: \u00abA\u00bb y \u00abB\u00bb.<\/p>\n\n\n\n<p>Para que un veh\u00edculo pertenezca al \u00abGrupo A\u00bb tiene que haber sido fabricado o matriculado por primera vez hace al menos 30 a\u00f1os, haber dejado de producirse sus tipos espec\u00edficos y estar en su estado original, con matr\u00edcula ordinaria en Espa\u00f1a e ITV en vigor.<\/p>\n\n\n\n<p>El propietario podr\u00e1 solicitar esta clasificaci\u00f3n en la Jefatura de Tr\u00e1fico correspondiente, presentando una declaraci\u00f3n responsable que se puede descargar desde la sede electr\u00f3nica de la DGT. As\u00ed, el solicitante recibir\u00e1 un nuevo permiso de circulaci\u00f3n que indique el cambio a \u00abservicio hist\u00f3rico\u00bb.<\/p>\n\n\n\n<p>En el \u00abGrupo B\u00bb se incluyen los veh\u00edculos que no cumplan con los requisitos del primer grupo, adem\u00e1s de aquellos que s\u00ed que cumplan, pero prefieran obtener una matr\u00edcula hist\u00f3rica por no corresponderse la ordinaria asignada al veh\u00edculo con la de la fecha de fabricaci\u00f3n o matriculaci\u00f3n. En este grupo se incluye tambi\u00e9n a los veh\u00edculos importados, con matr\u00edcula extranjera que no tengan la ITV en vigor. Para obtener esta clasificaci\u00f3n sus propietarios deber\u00e1n obtener un informe t\u00e9cnico favorable de un Servicio T\u00e9cnico de Veh\u00edculos Hist\u00f3ricos (STVH) antes de pasar la ITV y solicitar el permiso de circulaci\u00f3n. Finalmente, se deber\u00e1 acudir a la Jefatura de Tr\u00e1fico con la documentaci\u00f3n para finalizar el proceso y obtener la matr\u00edcula hist\u00f3rica.<\/p>\n\n\n\n<p>Las matr\u00edculas hist\u00f3ricas se restringen para aquellos coches sin matricula espa\u00f1ola o para aquellos coches que aunque tengan matr\u00edcula espa\u00f1ola, esta no se corresponda con la fecha de fabricaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Se permite adem\u00e1s circular con una matr\u00edcula original extranjera, las municipales que tuviesen los ciclomotores con anterioridad al Reglamento General de Veh\u00edculos, las agr\u00edcolas anteriores al Decreto 3595\/1975, de 25 de noviembre, as\u00ed como las matr\u00edculas ordinarias correspondientes a las antiguas provincias espa\u00f1olas en territorio africano.<\/p>\n\n\n\n<p>Tambi\u00e9n se contempla la posibilidad de utilizar y circular con las placas de matr\u00edcula en las que figuren las siglas provinciales vigentes en el momento de su matriculaci\u00f3n, u optar por la matr\u00edcula m\u00e1s antigua, en caso de disponer de m\u00e1s de una matricula ordinaria, siendo esa circunstancia recogida en el permiso de circulaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Su uso se limita a 96 d\u00edas al a\u00f1o<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Los veh\u00edculos hist\u00f3ricos podr\u00e1n utilizarse tan solo de manera ocasional, no excediendo los 96 d\u00edas permitidos en c\u00f3mputo anual. Entre otros supuestos, no podr\u00e1n usarse para transporte p\u00fablico de viajeros o mercanc\u00edas; ni para actividades agr\u00edcolas o de obras. S\u00ed que podr\u00e1n utilizarse, en cambio, en exposiciones est\u00e1ticas y rodajes cinematogr\u00e1ficos o publicitarios.<\/p>\n\n\n\n<p>Adem\u00e1s, se permite su uso para la realizaci\u00f3n, conforme a la normativa de transporte, de otras actividades para las que por su escasa incidencia en el mercado del transporte o por las cortas distancias recorridas no resultase necesaria autorizaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Zonas de Bajas Emisiones<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>La nueva norma establecer adem\u00e1s que no podr\u00e1 imponerse a los veh\u00edculos hist\u00f3ricos el uso obligatorio de distintivos ambientales ni podr\u00e1n establecerse restricciones a la circulaci\u00f3n u otro tipo de consecuencias negativas por su no colocaci\u00f3n, por lo que en la pr\u00e1ctica se permite su circulaci\u00f3n por las Zonas de Bajas Emisiones, siempre sin superar los 96 d\u00edas de utilizaci\u00f3n mencionados.<\/p>\n\n\n\n<p>El reglamento insta a los ayuntamientos a que, en el ejercicio de sus competencias para la regulaci\u00f3n de los usos de las v\u00edas urbanas y para la restricci\u00f3n de la circulaci\u00f3n a determinados veh\u00edculos en dichas v\u00edas por motivos medioambientales, establezcan f\u00f3rmulas en sus ordenanzas municipales que permitan la circulaci\u00f3n a aquellos propietarios que hacen un uso espor\u00e1dico o no habitual de sus veh\u00edculos hist\u00f3ricos.<\/p>\n\n\n\n<p>Actualmente, aunque los veh\u00edculos hist\u00f3ricos no est\u00e1n exentos de tributar el impuesto municipal sobre veh\u00edculos de tracci\u00f3n mec\u00e1nica, la mayor\u00eda de las ciudades ofrecen bonificaciones en el pago, algunas de hasta el 100%.<\/p>\n\n\n\n<p>En este sentido se ha tenido en cuenta el informe elaborado por la \u00abFederati\u00f3n Internationale des V\u00e9hicules Anciens\u00bb (FIVA) y su hom\u00f3loga en Espa\u00f1a, la Federaci\u00f3n Espa\u00f1ola de Veh\u00edculos Antiguos (FEVA), seg\u00fan el cual \u00ablos veh\u00edculos hist\u00f3ricos -ya sean autom\u00f3viles, motocicletas o utilitarios representan s\u00f3lo una insignificante peque\u00f1a fracci\u00f3n de los veh\u00edculos en circulaci\u00f3n y una fracci\u00f3n a\u00fan menor de tr\u00e1fico en la carretera, por lo tanto, su contribuci\u00f3n a la contaminaci\u00f3n del aire es proporcionalmente peque\u00f1a\u00bb.<\/p>\n\n\n\n<p>Seg\u00fan el presidente de la FIVA, Patrick Rollet \u00abestos veh\u00edculos son parte de nuestra patrimonio t\u00e9cnico y cultural y, en nuestra opini\u00f3n, no deben ser confundidos con los coches viejos, con escaso mantenimiento que se utilizan como transporte barato todos los d\u00edas, cuando consideramos el problema de la contaminaci\u00f3n del aire urbano\u00bb.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Inspecci\u00f3n en la ITV<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Los veh\u00edculos clasificados como hist\u00f3ricos con antig\u00fcedad superior a sesenta a\u00f1os desde su fabricaci\u00f3n o primera matriculaci\u00f3n, as\u00ed como los ciclomotores clasificados como hist\u00f3ricos con independencia de su antig\u00fcedad, quedar\u00e1n exentos de someterse a la inspecci\u00f3n t\u00e9cnica de veh\u00edculos.<\/p>\n\n\n\n<p>Tras la clasificaci\u00f3n del veh\u00edculo como hist\u00f3rico solamente se admitir\u00e1n aquellas reformas encaminadas a restituir el veh\u00edculo a la versi\u00f3n de alguno de sus modelos o variantes originales y a la instalaci\u00f3n de sidecar en las motocicletas.<\/p>\n\n\n\n<p>El reglamento dispone que para que un veh\u00edculo pueda por su antig\u00fcedad ser clasificado como hist\u00f3rico, sus piezas constitutivas deber\u00e1n haber sido fabricadas en el periodo de producci\u00f3n normal del tipo o variante de que se trate y de sus recambios, con excepci\u00f3n de aquellas piezas que ya no existan o que no puedan ser adquiridas en el mercado a precio razonable y de los elementos fungibles que podr\u00e1n sustituirse por reproducciones o equivalencias fabricadas con posterioridad al periodo de producci\u00f3n normal.<\/p>\n\n\n\n<p>Si el veh\u00edculo clasificado como hist\u00f3rico por construcci\u00f3n est\u00e1 exento de llevar cinturones de seguridad en las plazas delanteras y por lo tanto no los lleva instalados, no podr\u00e1 superar la velocidad m\u00e1xima de 80 km\/h. Si adem\u00e1s no puede instalar un sistema de retenci\u00f3n infantil, no podr\u00e1n viajar en \u00e9l menores de edad con estatura igual o inferior a los 135 cent\u00edmetros.<\/p>\n\n\n\n<p>Fuente: ABC<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>No tendr\u00e1n restricciones para acceder a las Zonas de Bajas Emisiones, y los tr\u00e1mites ser\u00e1n m\u00e1s sencillos y baratos. La DGT define un veh\u00edculo hist\u00f3rico como aquel que por su antig\u00fcedad, inter\u00e9s o singularidad tiene una consideraci\u00f3n especial que protege su car\u00e1cter representativo. 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