{"id":151677,"date":"2026-10-15T08:20:08","date_gmt":"2026-10-15T13:20:08","guid":{"rendered":"https:\/\/elcuartopoder.com.mx\/nw\/?p=151677"},"modified":"2026-10-15T08:20:10","modified_gmt":"2026-10-15T13:20:10","slug":"explicador-que-implica-la-decision-de-la-corte-sobre-la-comida-chatarra-en-las-escuelas","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/elcuartopoder.com.mx\/nw\/politica\/explicador-que-implica-la-decision-de-la-corte-sobre-la-comida-chatarra-en-las-escuelas\/","title":{"rendered":"Explicador: \u00bfQu\u00e9 implica la decisi\u00f3n de la Corte sobre la comida chatarra en las escuelas?"},"content":{"rendered":"\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La Corte rechaz\u00f3 amparos contra la restricci\u00f3n a la venta de comida chatarra en las escuelas de M\u00e9xico. La decisi\u00f3n confirma que las medidas tambi\u00e9n pueden aplicarse en universidades y aclara sus efectos para las empresas.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La Suprema Corte de Justicia de la Naci\u00f3n(SCJN) resolvi\u00f3 por unanimidad, en la sesi\u00f3n de este 13 de octubre, tres amparos promovidos por empresas contra las restricciones a la venta de comida chatarra en las escuelas de M\u00e9xico. Las impugnaciones cuestionaban las facultades de las autoridades para regular estos productos y los efectos de las medidas sobre las actividades comerciales.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El m\u00e1ximo tribunal determin\u00f3 que las restricciones impulsadas por las <strong>secretar\u00edas de Educaci\u00f3n P\u00fablica (SEP) y de Salud <\/strong>son constitucionales y pueden aplicarse en todos los niveles educativos, incluidas las universidades. La decisi\u00f3n respalda las reglas emitidas en 2024 para proteger la salud y promover una alimentaci\u00f3n adecuada dentro de los planteles, sin prohibir la comercializaci\u00f3n de esos productos fuera de las escuelas.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Las resoluciones corresponden a los amparos en revisi\u00f3n 91\/2026, 127\/2026 y 183\/2026, relacionados con los lineamientos publicados el 30 de septiembre de 2024 en el Diario Oficial de la Federaci\u00f3n (DOF).<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">\u00bfQu\u00e9 cuestionaron las empresas ante la Suprema Corte?<\/h2>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>Coca-Cola, Mega Vending de M\u00e9xico y Eric Kayser M\u00e9xico<\/strong>, vinculada con la cadena Maison Kayser, fueron identificadas entre las empresas que impugnaron las reglas de alimentaci\u00f3n escolar.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La Suprema Corte de Justicia de la Naci\u00f3n(SCJN) resolvi\u00f3 por unanimidad, en la sesi\u00f3n de este 13 de octubre, tres amparos promovidos por empresas contra las restricciones a la venta de comida chatarra en las escuelas de M\u00e9xico. Las impugnaciones cuestionaban las facultades de las autoridades para regular estos productos y los efectos de las medidas sobre las actividades comerciales.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Las resoluciones corresponden a los amparos en revisi\u00f3n 91\/2026, 127\/2026 y 183\/2026, relacionados con los lineamientos publicados el 30 de septiembre de 2024 en el Diario Oficial de la Federaci\u00f3n (DOF).<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">\u00bfQu\u00e9 cuestionaron las empresas ante la Suprema Corte?<\/h2>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>Coca-Cola, Mega Vending de M\u00e9xico y Eric Kayser M\u00e9xico<\/strong>, vinculada con la cadena Maison Kayser, fueron identificadas entre las empresas que impugnaron las reglas de alimentaci\u00f3n escolar.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Las compa\u00f1\u00edas cuestionaron distintos aspectos de las restricciones, entre ellos las facultades de las autoridades para limitar la venta de alimentos y bebidas, las afectaciones a sus actividades comerciales y la aplicaci\u00f3n de las medidas en instituciones de educaci\u00f3n superior.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Tambi\u00e9n plantearon que las disposiciones pod\u00edan afectar contratos celebrados antes de su entrada en vigor y que, trat\u00e1ndose de <strong>estudiantes mayores de edad<\/strong>, las restricciones interfer\u00edan con su libertad para decidir qu\u00e9 consumir.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La Corte rechaz\u00f3 los argumentos constitucionales examinados en los tres amparos y respald\u00f3 la aplicaci\u00f3n de los lineamientos.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">\u00bfPor qu\u00e9 la Corte consider\u00f3 constitucionales las restricciones?<\/h2>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La Suprema Corte concluy\u00f3 que las secretar\u00edas de Educaci\u00f3n P\u00fablica y de Salud tienen facultades legales para establecer reglas sobre la preparaci\u00f3n, distribuci\u00f3n y venta de alimentos y bebidas dentro de las escuelas.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Estas atribuciones est\u00e1n previstas en la Ley General de Educaci\u00f3n y permiten adoptar medidas para proteger la salud de la comunidad escolar.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El m\u00e1ximo tribunal tambi\u00e9n consider\u00f3 que <strong>las restricciones no vulneran por s\u00ed mismas la libertad de comercio<\/strong>, porque las empresas pueden seguir vendiendo sus productos fuera de las instituciones educativas o adaptar su oferta a los criterios permitidos dentro de ellas.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La decisi\u00f3n distingue entre prohibir un producto en el mercado y regular su disponibilidad en un espacio espec\u00edfico, como las escuelas, donde las autoridades tienen responsabilidades relacionadas con la salud y la alimentaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">\u00bfLas restricciones pueden aplicarse en cualquier nivel educativo?<\/h2>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">S\u00ed. Los lineamientos comprenden las instituciones p\u00fablicas y privadas de educaci\u00f3n b\u00e1sica, media superior y superior que forman parte del Sistema Educativo Nacional.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Uno de los argumentos de las empresas fue que las restricciones no deb\u00edan aplicarse de la misma manera <strong>en las universidades<\/strong>, donde los estudiantes son generalmente mayores de edad y pueden decidir qu\u00e9 alimentos consumir.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La Suprema Corte rechaz\u00f3 ese planteamiento al considerar que el derecho a una alimentaci\u00f3n adecuada y la protecci\u00f3n de la salud<strong> no dependen de la edad de los estudiantes<\/strong>.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">\u201cEstas medidas pueden aplicarse en instituciones de educaci\u00f3n media y superior, pues, aunque las y los estudiantes sean mayores de edad y conserven la libertad de decidir qu\u00e9 consumir, el Estado mantiene la obligaci\u00f3n de proteger el derecho a la salud y promover una alimentaci\u00f3n adecuada dentro de los espacios educativos\u201d, destac\u00f3 la SCJN en un comunicado.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La resoluci\u00f3n no impide que los estudiantes adultos decidan qu\u00e9 consumir fuera de las escuelas. Lo que regula es la <strong>oferta de alimentos y bebidas dentro de los planteles<\/strong>.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">\u00bfQu\u00e9 consecuencias tiene la resoluci\u00f3n para las empresas y las instituciones educativas?<\/h2>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Para las empresas, la decisi\u00f3n significa que deben <strong>respetar las restricciones<\/strong> cuando comercialicen alimentos y bebidas dentro de las escuelas, aunque esos mismos productos puedan venderse legalmente en otros establecimientos.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Los proveedores pueden continuar sus actividades fuera de los planteles o ajustar los productos que ofrecen dentro de ellos para cumplir con los criterios establecidos.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La Corte tambi\u00e9n examin\u00f3 qu\u00e9 ocurre con <strong>los contratos celebrados<\/strong> antes de la entrada en vigor de los lineamientos.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Las disposiciones permiten que esas relaciones comerciales concluyan conforme a los t\u00e9rminos originalmente pactados, <strong>siempre que no representen un riesgo para la salud<\/strong> de la comunidad educativa. Cuando exista ese riesgo, deben adoptarse medidas para adecuarlas.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Por su parte, las instituciones educativas deben cumplir las reglas de alimentaci\u00f3n escolar que ya estaban vigentes. La resoluci\u00f3n de la Suprema Corte no establece nuevas restricciones ni modifica el calendario de aplicaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Los lineamientos se publicaron el <strong>30 de septiembre de 2024<\/strong>, entraron en vigor al d\u00eda siguiente y contemplaron un plazo de 180 d\u00edas naturales para su implementaci\u00f3n obligatoria, plazo que concluy\u00f3 el <strong>viernes 28 de marzo de 2025<\/strong>.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">\u00bfQu\u00e9 alcance tienen las restricciones a la venta y publicidad de alimentos y bebidas en las escuelas?<\/h2>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Las reglas establecen criterios sobre los alimentos y bebidas que pueden prepararse, distribuirse, venderse y promocionarse dentro de las instituciones educativas.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Entre las principales restricciones se encuentra la venta y publicidad de <strong>productos que presentan sellos o leyendas de advertencia<\/strong> en su etiquetado frontal, utilizados para identificar caracter\u00edsticas como el exceso de az\u00facares, sodio, grasas o calor\u00edas.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Los lineamientos tambi\u00e9n establecen criterios <strong>para alimentos preparados y vendidos a granel<\/strong>, por lo que no se limitan a los productos industrializados que llevan etiquetas.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La Suprema Corte consider\u00f3 v\u00e1lido utilizar el etiquetado de advertencia como referencia para determinar qu\u00e9 productos pueden comercializarse en las escuelas, debido a su relaci\u00f3n con la protecci\u00f3n de la salud.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Las<strong> restricciones se aplican a la oferta y publicidad dentro de los plantele<\/strong>s, no a la fabricaci\u00f3n o venta general de esos productos en M\u00e9xico.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">De esta manera, la decisi\u00f3n del m\u00e1ximo tribunal confirma las facultades de las autoridades para regular la alimentaci\u00f3n en las escuelas y mantiene las obligaciones establecidas para instituciones educativas y proveedores.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Fuente: eleconomista<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La Corte rechaz\u00f3 amparos contra la restricci\u00f3n a la venta de comida chatarra en las escuelas de M\u00e9xico. 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