{"id":75254,"date":"2019-12-28T12:39:09","date_gmt":"2019-12-28T17:39:09","guid":{"rendered":"http:\/\/elcuartopoder.com.mx\/nw\/?p=75254"},"modified":"2019-12-28T12:39:11","modified_gmt":"2019-12-28T17:39:11","slug":"reprobadas-las-carceles-de-qroo-las-de-cancun-y-playa-con-autogobiernos","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/elcuartopoder.com.mx\/nw\/policiacas\/reprobadas-las-carceles-de-qroo-las-de-cancun-y-playa-con-autogobiernos\/","title":{"rendered":"Reprobadas las c\u00e1rceles de QROo; las de Canc\u00fan y Playa con \u201cautogobiernos\u201d"},"content":{"rendered":"\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Canc\u00f9n, Q. Roo.- Las cuatro c\u00e1rceles de Quintana ROo pasan de \u201cpanzazo\u201d al salir con una calificaci\u00f2n general de 6.40, aunque en lo individual resultaron reprobadas las de Canc\u00f9n (5.88) y Playa del Carmen (5.90), la de Chetumal (6.63) aprobatoria con alerta y la \u00f9nica en aprobar fue la de Cozumel con 7.18.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Esta misma calificaci\u00f3n general cay\u00f2 a 6 puntos o se ha mantenido, en el mismo nivel desde 2017, seg\u00fan el Diagn\u00f3stico de Supervisi\u00f3n Penitenciaria 2019 (DSP) de la Coordinaci\u00f3n de Atenci\u00f3n a Centros Penitenciarios y de Asuntos Especiales de la Comisi\u00f3n de los Derechos Humanos (CDHQROO), cuyo presidente Marco Toh entreg\u00f3 a la Secretar\u00eda Estatal de Seguridad P\u00fablica (SESP) para que la dependencia haga las modificaciones necesarias a fin de ir bajando los problemas de hacinamiento, instalaciones y mobiliario y el\u00e9ctricas en p\u00e9simo estado o insuficientes, carencia de m\u00e9dicos para el manejo de presos con capacidades diferentes o adultos mayores, VIH, de la comunidad LGBT, para la separaci\u00f3n de la comunidad femenina, carencia de personal y de control de \u201cautogobiernos\u201d con la consecuente pr\u00e1ctica il\u00edcita de extorsiones, sobornos y cobros.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Aunado a la sobrepoblaci\u00f3n, el Centro de Reinserci\u00f3n Social de Benito Ju\u00e1rez y Playa del Carmen, presentan carencias en los \u00e1mbitos de gobernabilidad y seguridad, en consecuencia, se generan condiciones para el autogobierno y nichos de corrupci\u00f3n, advierte.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">\u201cComo resultado de la aplicaci\u00f3n del Diagn\u00f3stico de Supervisi\u00f3n Penitenciaria 2019 y de las visitas permanentes a todos los centros penitenciarios en la entidad, se detectaron de manera general, deficiencias estructurales y materiales de los establecimientos, insuficiencia en su mantenimiento y falta de higiene de las instalaciones. Consecuentemente se observ\u00f3 falta de espacios adecuados para garantizar una estancia digna para las personas privadas de la libertad, sobre todo a las mujeres y a sus hijas e hijos que viven con ellas, por consiguiente, apremia visualizar su atenci\u00f3n basado en un enfoque con perspectiva de g\u00e9nero y derechos humanos.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La sobrepoblaci\u00f3n y el hacinamiento es un factor que afecta al Centro de Reinserci\u00f3n Social de Benito Ju\u00e1rez y el Centro de Retenci\u00f3n Municipal de Playa del Carmen. La normatividad que rigen los centros deber\u00e1 tener como base el respeto de las garant\u00edas sustentadas en los documentos base de car\u00e1cter internacional, nacional y estatal para una efectiva reinserci\u00f3n social. La insuficiencia de personal de seguridad y custodia genera las condiciones propicias para el autogobierno, as\u00ed como la posibilidad de actividades il\u00edcitas como las extorsiones, sobornos y cobros\u201d, se indica en las conclusiones de este diagn\u00f3stico del que Marcrix Noticias tiene una copia detallada.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Ademas el DSP evidenci\u00f3 que en todos los centros existen deficiencias en la atenci\u00f3n y cuidado a la salud de las personas privadas de la libertad, adem\u00e1s de pr\u00e1cticas que vulneran el derecho a una alimentaci\u00f3n adecuada, insuficiencia y\/o mala calidad del suministro de alimentos en los centros de Chetumal, Benito Ju\u00e1rez y Playa del Carmen, incluso, no existe dietas especiales para las personas que se encuentren relacionadas con enfermedades cr\u00f3nicas degenerativas o para quienes por razones de salud as\u00ed lo requieran.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Con relaci\u00f3n a las condiciones materiales y de higiene de los centros, el DSP revel\u00f3 la existencia de da\u00f1os en la infraestructura en las \u00e1reas de dormitorios, lavabos, inodoros, adem\u00e1s de deficiencias en las condiciones en el suministro de agua corriente para el aseo personal; adicionalmente el drenaje se encuentra com\u00fanmente obstruido y con mal olor en algunas celdas, la iluminaci\u00f3n natural y artificial en su mayor\u00eda es deficiente, as\u00ed como filtraciones de agua por grietas en techos y paredes, conjuntamente se detect\u00f3 la existencia de cables el\u00e9ctricos expuestos. En las \u00e1reas de cocina, se detect\u00f3 que estufas, ollas y utensilios se encuentran en franco deterioro y en su mayor\u00eda en mal estado. Las \u00e1reas de mujeres en los centros de Chetumal y Benito Ju\u00e1rez carecen de instalaciones acordes a la normativa m\u00ednima indispensable para su internamiento, en consecuencia, no se encuentran en igualdad de condiciones para la realizaci\u00f3n de actividades que se establecen en el centro para la reinserci\u00f3n social.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La sobrepoblaci\u00f3n y el hacinamiento es el principal problema del sistema penitenciario en el Centro de Reinserci\u00f3n Social de Benito Ju\u00e1rez y el Centro de Retenci\u00f3n Municipal de Playa del Carmen, ya que las instalaciones no est\u00e1n dise\u00f1adas para albergar personas privadas de la libertad, la capacidad con relaci\u00f3n a la poblaci\u00f3n resulta insuficiente, lo que da como resultado que los centros se vean rebasados y como consecuencia presentan condiciones de hacinamiento, de ah\u00ed la necesidad de dotarlos de m\u00e1s espacios.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Aunado a la sobrepoblaci\u00f3n, el Centro de Reinserci\u00f3n Social de Benito Ju\u00e1rez y de Playa del Carmen, presentan carencias en los \u00e1mbitos de gobernabilidad y seguridad, en consecuencia, se generan condiciones para el autogobierno y nichos de corrupci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El personal de seguridad y custodia que se encuentra adscrito a los centros penitenciarios result\u00f3 insuficiente para mantener el orden y garantizar la integridad f\u00edsica de las personas privadas de la libertad, en este sentido es necesario la implementaci\u00f3n de acciones, protocolos y\/o lineamientos para la prevenci\u00f3n y atender situaciones de emergencia o eventos violentos como es el caso de los motines, ri\u00f1as, fugas, entre otros, recomienda.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Con relaci\u00f3n a la atenci\u00f3n y tratamiento de la salud de las personas privadas de la libertad, la insuficiencia de profesionales de la medicina y deficiencias en el suministro de medicamentos, mobiliario y equipo necesarios para su adecuado funcionamiento es una constante en los centros supervisados. Durante la aplicaci\u00f3n del diagn\u00f3stico, se evidenci\u00f3 que el personal m\u00e9dico no inspecciona la elaboraci\u00f3n de los alimentos y las condiciones generales de higiene de los centros.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Las actividades laborales y de capacitaci\u00f3n son un basti\u00f3n fundamental para la reinserci\u00f3n social, sin embargo, ninguno de los centros present\u00f3 evidencia de generaci\u00f3n de empleos remunerados, en su totalidad. La fuente de trabajo es realizada por las personas privadas de la libertad, a trav\u00e9s de la elaboraci\u00f3n de artesan\u00edas o manualidades y son sus familiares quienes les proporcionan los insumos, por lo que su subsistencia para gastos personales o de otra \u00edndole, es por medio de estas actividades.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Por si fuera poco en algunos centros se observ\u00f3 la falta de instalaciones apropiadas para el desarrollo de actividades que propicien la reinserci\u00f3n social, tales como: talleres, aulas y \u00e1reas deportivas debidamente equipadas, as\u00ed como de personal t\u00e9cnico y administrativo que las opere, situaci\u00f3n que se remarca a\u00fan m\u00e1s en los centros que albergan mujeres.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En cuanto a la prevenci\u00f3n y tratamiento de la tortura, o tratos crueles, inhumanos o degradantes, los centros refirieron no contar con registros de los casos, mientras que el DSP constat\u00f3 la carencia de manuales, lineamientos o protocolos establecidos para el caso, as\u00ed como su remisi\u00f3n ante la instancia ministerial correspondiente. En este sentido, es necesario que los centros de reinserci\u00f3n social del estado, establezcan lineamientos y\/o protocolos que permitan la detecci\u00f3n, remisi\u00f3n y atenci\u00f3n, por probables violaciones a los derechos humanos de las personas privadas de la libertad, generando un enlace permanente ante el organismo protector de los derechos humanos, para la tramitaci\u00f3n y presentaci\u00f3n de quejas o en su defecto para brindar la asesor\u00eda o canalizaci\u00f3n ante las instancias que por jurisdicci\u00f3n y competencia les corresponda.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Para la atenci\u00f3n de grupos de personas con requerimientos espec\u00edficos, en los centros que alojan mujeres, el DSP mostr\u00f3 la insuficiencia de instalaciones en igualdad de condiciones con relaci\u00f3n a las \u00e1reas para hombres, as\u00ed como inexistencia de cocinas, comedores, escuelas y los espacios para deportes y atenci\u00f3n de la visita.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Las personas con discapacidad se enfrentan a barreras arquitect\u00f3nicas y deficiencias en infraestructura para su movilidad y su desplazamiento, los centros no cuentan con aditamentos especiales acordes al tipo de discapacidad; las personas mayores no cuentan con espacios adecuados que les permitan tener una estancia digna, por lo tanto se encuentran sin la posibilidad de participar activamente en actividades educativas, deportivas y culturales, presentan enfermedades propias a la edad que se agravan por la falta de atenci\u00f3n m\u00e9dica oportuna. Las personas que viven con VIH o Sida y La poblaci\u00f3n LGBT+, presentan obst\u00e1culos para la atenci\u00f3n de su salud, las personas privadas de la libertad con adicciones carecen de tratamientos para su rehabilitaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Vale mencionar que este dian\u00f3stico fue realizado por la Comisi\u00f3n de DH conforme a lo dispuesto en los preceptos 1o, 18 y 102, apartado B, de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de los Estados Unidos Mexicanos; 94 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo; 1\u00b0, 2\u00b0, 4\u00b0, 6\u00b0, 7\u00b0 y 11, fracciones XII y XXI de la Ley de la Comisi\u00f3n de los Derechos Humanos del Estado de Quintana Roo y 119, fracciones I, II y III de su Reglamento, se presenta el Diagn\u00f3stico de Supervisi\u00f3n Penitenciaria 2019, y es una informaci\u00f3n que que puede coadyuvar para determinar aquellas acciones espec\u00edficas que permitan mejorar las condiciones generales en las que viven las personas privadas de la libertad, as\u00ed como las problem\u00e1ticas que se presentan de manera cotidiana al interior de los centros y modificar malas praxis que se presentan habitualmente contrarias al respeto a los derechos humanos.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Es necesario, se subraya en el cocumento, que los centros que albergan personas privadas de la libertad, est\u00e9n dotados de la infraestructura necesaria, de los recursos humanos y materiales indispensables, as\u00ed como de la normativa que asegure el ejercicio de las funciones, facultades y atribuciones propias de la autoridad penitenciaria, y que esta su vez contenga el enfoque que garantice el respeto de los derechos humanos, ello aunado a establecer mecanismos que respalden una efectiva reinserci\u00f3n social como: actividades laborales, capacitaci\u00f3n, educaci\u00f3n, protecci\u00f3n, cuidado y atenci\u00f3n de la salud y actividades deportivas, entre otros.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Por ello, puntualiza, el Estado y sus autoridades penitenciarias, en el \u00e1mbito de sus respectivas competencias, sin importar origen \u00e9tnico o nacional, g\u00e9nero, edad, discapacidades, condici\u00f3n social o de salud, religi\u00f3n, sexual, estado civil y situaci\u00f3n jur\u00eddica que prevalezca, tienen la obligaci\u00f3n de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad, contenidos en la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de los Estados Unidos Mexicanos, m\u00e1xime en trat\u00e1ndose de personas privadas de la libertad que, por su mismo escenario, pudieran resultar en multiplicidad de condiciones vulnerables.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>Fuente:<\/strong>&nbsp;marcrixnoticias<br><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Canc\u00f9n, Q. 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