{"id":87037,"date":"2021-01-23T09:40:00","date_gmt":"2021-01-23T14:40:00","guid":{"rendered":"http:\/\/elcuartopoder.com.mx\/nw\/?p=87037"},"modified":"2021-01-23T09:40:02","modified_gmt":"2021-01-23T14:40:02","slug":"fiscalia-a-la-deriva","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/elcuartopoder.com.mx\/nw\/editorial\/fiscalia-a-la-deriva\/","title":{"rendered":"Fiscal\u00eda a la deriva"},"content":{"rendered":"\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Pocas instituciones atrapan tanto la atenci\u00f3n p\u00fablica como la Fiscal\u00eda General de la Rep\u00fablica. Su relevancia, natural en cualquier pa\u00eds, tiene particularidades en M\u00e9xico. Primero, la situaci\u00f3n de grave crisis de seguridad y violaciones a derechos humanos que impera en nuestro pa\u00eds. Segundo, el proceso de transici\u00f3n formal de Procuradur\u00eda General de la Rep\u00fablica, dependiente del Poder Ejecutivo, a una Fiscal\u00eda aut\u00f3noma.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Las procuradur\u00edas federal y locales han sido hist\u00f3ricamente los brazos punitivos de los gobernantes en turno. Durante buena parte del siglo XX, con la hegemon\u00eda del PRI, se consideraba casi natural el uso desviado del derecho penal para castigar a personas disidentes pol\u00edticas y sociales. Cap\u00edtulos de nuestra historia como el movimiento c\u00edvico-estudiantil del 68, que culmin\u00f3 en la brutal masacre de Tlatelolco y la persecuci\u00f3n penal de los l\u00edderes estudiantiles es emblem\u00e1tico de una utilizaci\u00f3n pol\u00edtica del aparato de justicia penal donde pr\u00e1cticamente procuradur\u00edas (como investigadores y acusadores) y jueces actuaban sistem\u00e1ticamente en connivencia para castigar a cualquier \u201cenemigo\u201d del r\u00e9gimen.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">No sobra decir que la eficacia mostrada para castigar a la disidencia era (y es) inexistente cuando se trata de&nbsp; garantizar justicia, verdad y reparaci\u00f3n a las v\u00edctimas de violencia criminal y de estado.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Esa arbitrariedad encontr\u00f3 un nuevo escenario en el contexto de la llamada \u201cguerra contra el narcotr\u00e1fico\u201d declarada en 2006 con Felipe Calder\u00f3n. A partir de ese momento se han conjugado terribles din\u00e1micas de uso pol\u00edtico del aparato de justicia, contubernio con grupos criminales y revictimizaci\u00f3n. La l\u00f3gica criminal del Estado que se despleg\u00f3 durante la Guerra Sucia y que cre\u00edmos haber superado, regres\u00f3 casi con la misma fuerza ahora en la \u201cnueva\u201d guerra que padecemos hoy d\u00eda.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Parad\u00f3jicamente, a inicios del sexenio calderonista se culmin\u00f3 un proceso de reforma constitucional&nbsp; (2008) que dar\u00eda a nuestro pa\u00eds un nuevo sistema de justicia penal de corte adversarial, acusatorio y oral. M\u00e9xico llegaba como retaguardia de otros pa\u00edses latinoamericanos que durante la d\u00e9cada de los noventa e inicios del siglo XXI adoptaron este sistema dise\u00f1ado para garantizar mayor transparencia y reglas procesales como la presunci\u00f3n de inocencia y la igualdad procesal. Se pretend\u00eda que nunca el Ministerio P\u00fablico omn\u00edmodo dejar\u00e1 de ser, en la pr\u00e1ctica, Juez y parte dentro del proceso penal.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">A\u00fan as\u00ed, fiel al contexto belicoso detonado por el Gobierno calderonista, se incorpor\u00f3 un pernicioso \u201cr\u00e9gimen de excepci\u00f3n\u201d en nuestra constituci\u00f3n para la persecuci\u00f3n de la delincuencia organizada. En los hechos, la excepci\u00f3n se convirti\u00f3 en regla bajo figuras abusivas como el arraigo, bajo el cual se deten\u00eda hasta por 80 d\u00edas para investigara personas \u201csospechosas\u201d sin ninguna prueba. Dichas figuras, como era previsible, fueron fuentes de violaciones graves a derechos humanos como la tortura.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Aun con todo lo anterior, el proceso de transici\u00f3n a un nuevo sistema de justicia abr\u00eda una ventana de oportunidad para construir uno mucho m\u00e1s democr\u00e1tico. Sin embargo gobiernos estatales y federal tuvieron un compromiso parcial o pr\u00e1cticamente nulo. Las judicaturas mejoraron en sus pr\u00e1cticas asumiendo un papel preponderante, mientras las fiscal\u00edas se mantuvieron en la l\u00f3gica autoritaria. Es decir, acostumbradas a disponer del cuerpo de los detenidos y detenidas para arrancar confesiones bajo coacci\u00f3n y as\u00ed constituir prueba de su culpabilidad, o en el mejor de los casos detener \u201cen flagrancia\u201d a supuestos infractores; las procuradur\u00edas optaron por \u201cdejar pasar\u201d esta oportunidad hist\u00f3rica de mejorar en t\u00e9rminos t\u00e9cnico-forenses las capacidades de investigaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Hoy d\u00eda, ante los recurrentes fracasos en la construcci\u00f3n de casos con base en evidencia s\u00f3lida, optan por se\u00f1alar a jueces y juezas como responsables de liberar a las y los imputados, apelando a la llamada \u201cpuerta giratoria\u201d<a href=\"https:\/\/www.sinembargo.mx\/22-01-2021\/3927883#_ftn1\">[1]<\/a>&nbsp;como una manera de cargar contra un sistema que, a su parecer, no sirve. Con ello se lavan las manos (\u201cnosotros los detenemos, los jueces los liberan\u201d)&nbsp; de no haber tomado en serio la reforma del sistema de justicia penal y apegarse a viejas y cuestionables pr\u00e1cticas.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La Fiscal\u00eda General de la Rep\u00fablica, hoy formalmente aut\u00f3noma, arrastra la incapacidad de investigar casos complejos y se mantiene en la \u00f3rbita del uso pol\u00edtico de sus facultades. La idea de transitar a una Fiscal\u00eda que investigara con pulcritud y acusara con eficacia ante un \u00f3rgano judicial a los responsables de graves actos de corrupci\u00f3n y graves violaciones a derechos humanos, era una premisa fundamental que motiv\u00f3 el escrutinio p\u00fablico sobre el proceso de designaci\u00f3n del primer titular y la participaci\u00f3n en la elaboraci\u00f3n de una nueva ley org\u00e1nica que le diera un marco de actuaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El nuevo Fiscal Alejandro Gertz Manero mostr\u00f3 desde el principio serias reticencias contra el marco normativo que le obligaba. Dej\u00f3 pasar plazos y procesos para construir una pol\u00edtica criminal, un plan de persecuci\u00f3n penal y hacerse de un Consejo Ciudadano. No observ\u00f3 los procedimientos plasmados en ley para la designaci\u00f3n de fiscales especializados. M\u00e1s bien enfoc\u00f3 sus bater\u00edas \u2013 por qu\u00e9 no- contra el nuevo sistema penal, amagando incluso con una propuesta de contrarreforma sumamente regresiva y desaseada. En el presente, a dos a\u00f1os de su gesti\u00f3n, est\u00e1 sobre la mesa del Senado una propuesta de nueva ley org\u00e1nica igualmente regresiva.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El caso Cienfuegos fue muestra de una autonom\u00eda a medias, funcional para sustraerse de cualquier mecanismo de transparencia, rendici\u00f3n de cuentas y colaboraci\u00f3n con otras instancias del estado, pero no para \u201cpintar su raya\u201d del Poder Ejecutivo. El caso Lozoya instal\u00f3 esa sospecha, mientras el caso Cienfuegos la confirm\u00f3. Por otro lado, la l\u00f3gica de arbitrariedad, selectiva y punitiva contra personas que considera \u201cenemigas del r\u00e9gimen\u201d se mantiene. Mientras exoneraba al exsecretario de la Defensa, la FGR acus\u00f3 a la activista Kenia Hern\u00e1ndez de ataques a las v\u00edas de comunicaci\u00f3n por protestar en una caseta.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Tras dos a\u00f1os de transitar a la FGR, se mantienen intocadas estructuras anquilosadas y personajes obscuros del \u201cviejo r\u00e9gimen\u201d. Pero hay elementos adicionales de preocupaci\u00f3n. La entrevista que el Fiscal Gertz Manero otorg\u00f3 el martes 19 a la periodista Carmen Aristegui evidenci\u00f3 graves falencias en el horizonte de comprensi\u00f3n de quien tiene bajo su mando una instituci\u00f3n central del pa\u00eds.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Un Fiscal que espera pruebas en lugar de recabarlas, que abre investigaciones a petici\u00f3n de parte y no de oficio. Un Fiscal que maneja sus argumentos en el terreno de un sistema judicial que formalmente ya no existe (inquisitivo) pero sobrevive en su discurso de manera casi melanc\u00f3lica. Un Fiscal m\u00e1s preocupado y agraviado por la cr\u00edtica social y no por un pa\u00eds en llamas que acumula v\u00edctimas de forma vertiginosa y lacerante cada d\u00eda. Un Fiscal a la deriva, sin rumbo fijo y perdiendo la oportunidad hist\u00f3rica de construir algo diferente en un pa\u00eds \u00e1vido de justicia y paz.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><a href=\"https:\/\/www.sinembargo.mx\/22-01-2021\/3927883#_ftnref1\">[1]<\/a>\u00a0 Se le conoce as\u00ed al fen\u00f3meno en el cual los presuntos delincuentes son detenidos y los jueces los liberan por falta de pruebas o deficiencias en la imputaci\u00f3n realizada por el Ministerio P\u00fablico.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>Fuente:<\/strong>&nbsp;sinembargo<br><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Pocas instituciones atrapan tanto la atenci\u00f3n p\u00fablica como la Fiscal\u00eda General de la Rep\u00fablica. Su relevancia, natural en cualquier pa\u00eds, tiene particularidades en M\u00e9xico. Primero, la situaci\u00f3n de grave crisis de seguridad y violaciones a derechos humanos que impera en nuestro pa\u00eds. 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