{"id":91806,"date":"2021-06-18T15:53:20","date_gmt":"2021-06-18T20:53:20","guid":{"rendered":"http:\/\/elcuartopoder.com.mx\/nw\/?p=91806"},"modified":"2021-06-18T15:53:22","modified_gmt":"2021-06-18T20:53:22","slug":"sergio-zapata-viola-los-derechos-humanos-capa-y-opb-responsables-por-omision","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/elcuartopoder.com.mx\/nw\/municipales\/sergio-zapata-viola-los-derechos-humanos-capa-y-opb-responsables-por-omision\/","title":{"rendered":"Sergio Zapata Viola los Derechos Humanos. CAPA y OPB Responsables por Omisi\u00f3n"},"content":{"rendered":"\n<p>El pasado 7 de junio del 2021 los magistrados Patricia Elia Cerros Dom\u00ednguez (presidenta), Mar\u00eda Adriana Barrera Barranco y Jos\u00e9 Luis Zayas Rold\u00e1n, integrantes del segundo tribunal colegiado del vig\u00e9simo s\u00e9ptimo circuito, con sede en Canc\u00fan, decidieron por unanimidad de votos, revocar la sentencia de la jueza de distrito de Acapulco, a donde en el a\u00f1o 2019, el juez del distrito de Chetumal hab\u00eda turnado el caso de unos vecinos de Andara, representados por el licenciado Roberto Agundis Yerena, en contra de las empresas de Sergio Zapata Vales, la CAPA, y el ayuntamiento de Oth\u00f3n P. Blanco. <\/p>\n\n\n\n<div class=\"wp-block-image\"><figure class=\"aligncenter\"><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/cambio22.info\/wp-content\/uploads\/2021\/06\/COLEGIOS.jpeg\" alt=\"\" class=\"wp-image-99348\"\/><\/figure><\/div>\n\n\n\n<p>Se\u00f1alaron de forma contundente que Sergio Zapata Vales violentaba los derechos humanos de los vecinos de Andara al cortar el suministro del agua a vecinos del fraccionamiento; y que tanto las autoridades de la CAPA, como del municipio de Oth\u00f3n P. Blanco eran c\u00f3mplices de los abusos del empresario, al no obligar a que \u00e9ste conectara la red de agua potable de la CAPA en el fraccionamiento, y al no municipalizar el residencial, y no entregarse las \u00e1reas comunes de Andara al municipio.<\/p>\n\n\n\n<p>Los magistrados del tribunal colegiado, adem\u00e1s, afirmaban con extra\u00f1eza, que nadie se hab\u00eda dado cuenta de que la concesi\u00f3n de la CONAGUA otorgada para la explotaci\u00f3n del agua a las empresas de Zapata otorgada el 2 de septiembre del 2014, hab\u00eda vencido en el plazo de cinco a\u00f1os, es decir el 1 de septiembre del 2019. \u00c9sta no hab\u00eda sido renovada, por lo que el empresario no ten\u00eda el derecho de seguir explotando el servicio, pues no tiene la autorizaci\u00f3n para hacerlo.<\/p>\n\n\n\n<p>Se afirma en la sentencia, que al no tener alternativa de conexi\u00f3n a CAPA, el agua \u201cpurificada\u201d que se\u00f1ala Zapata Vales provee, es equivalente al agua \u201cpotable\u201d, y que \u00e9ste no pod\u00eda cortar la misma, a\u00fan incluso si el servicio del agua no fuera pagado a tiempo. El empresario, anticipando de antemano el resultado que pod\u00eda derivarse del tribunal, desde hace aproximadamente cuatro meses inici\u00f3 el acoso en contra de los vecinos amparados, y cort\u00f3 el agua de por los menos tres de ellos, que desde esa fecha no cuentan con el servicio. Despu\u00e9s de esta sentencia los vecinos le podr\u00e1n demandar penalmente por violentar sus derechos humanos, y colocarlos en una situaci\u00f3n imposible. Con esta medida pretend\u00eda intimidar a los residentes del fraccionamiento Andara para que se doblaran a sus presiones y aceptaran los contratos, antes de la resoluci\u00f3n de esta sentencia definitiva.<\/p>\n\n\n\n<div class=\"wp-block-image\"><figure class=\"aligncenter\"><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/cambio22.info\/wp-content\/uploads\/2021\/06\/capa_dinamica_03.jpg\" alt=\"\" class=\"wp-image-99352\"\/><\/figure><\/div>\n\n\n\n<p>\u00bfQu\u00e9 sigue ahora? CAPA est\u00e1 obligado a conectar el agua en Andara utilizando las tuber\u00edas por las que Zapata env\u00eda su agua \u201cpurificada\u201d; y en todo caso Zapata Vales tendr\u00e1 que construir una red de tuber\u00edas alterna para seguir prestando su servicio. Por otra parte, el municipio est\u00e1 obligado a municipalizar y recibir la obra que tiene ya m\u00e1s de diez a\u00f1os habitada por los colonos del fraccionamiento. Con estas medidas Sergio Zapata no va a poder seguir chantajeando a los habitantes de Andara y tendr\u00e1 que llegar a un acuerdo si quiere seguir manteniendo los beneficios que ha estado teniendo con su empresa. Por otra parte, se entierra de forma definitiva su propuesta pol\u00edtica de dotar de agua purificada a las diferentes colonias de las principales ciudades de Quintana Roo. El tribunal colegiado advierte del peligro del monopolio de este servicio vital por parte de un empresario sin escr\u00fapulos, que adem\u00e1s ha contado con la colaboraci\u00f3n por omisi\u00f3n de las autoridades municipales. En ese sentido se reivindica la administraci\u00f3n de Luis Torres Llanes, como presidente municipal, que no acept\u00f3 el chantaje del empresario, y que fue atacado medi\u00e1ticamente sin piedad por parte de este empresario. \u00c9ste finalmente intent\u00f3 incursionar en pol\u00edtica, para lograr sus fines empresariales, primero de la mano del Partido del Trabajo, tratando de llegar a ser regidor del municipio; y recientemente con el PES al presentar su candidatura a diputado federal.<\/p>\n\n\n\n<p>\u00bfPor qu\u00e9 CAPA y el municipio son responsables por omisi\u00f3n y tienen ahora la instrucci\u00f3n de actuar para solucionar los problemas?<\/p>\n\n\n\n<div class=\"wp-block-image\"><figure class=\"aligncenter\"><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/cambio22.info\/wp-content\/uploads\/2021\/06\/CrdFRAWUEAI90Ln-1.jpg\" alt=\"\" class=\"wp-image-99353\"\/><\/figure><\/div>\n\n\n\n<p>Seg\u00fan la sentencia: \u201cse trata de afectaciones directas a sus derechos humanos, por las omisiones por parte de las autoridades responsables consistentes b\u00e1sicamente en no ejercer sus atribuciones para hacer cumplir a los fraccionadores las normas en materia de infraestructura y equipamiento, y espec\u00edficamente las relativas a las redes de agua, distribuci\u00f3n, almacenamiento, drenaje y alcantarillado, como son las aprobaciones y autorizaciones sin los requisitos pertinentes, sus facultades para investigar y sancionar las infracciones a las leyes y reglamentos antes analizadas; y de tales obligaciones de los fraccionadores y de las facultades correspondientes de las autoridades\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>CAPA se\u00f1al\u00f3 que su conexi\u00f3n de agua se encuentra en la puerta del fraccionamiento. El 27 de octubre del 2008 lleg\u00f3 a un acuerdo con Zapata Vales, para que en el plazo de 90 d\u00edas, este obtuviera la aprobaci\u00f3n definitiva del proyecto para la autorizaci\u00f3n del servicio de agua potable y alcantarillado previo pago de 11,894,960.00 pesos. Se lleg\u00f3 a un acuerdo de pago, y finalmente el empresario nunca realiz\u00f3 el dep\u00f3sito y adem\u00e1s se se\u00f1ala en la sentencia \u201cneg\u00f3 el acceso y el permiso para la realizaci\u00f3n de las obras a cargo de la Comisi\u00f3n; en cambio, decidi\u00f3 dotar por s\u00ed de agua para consumo humano a los colonos del desarrollo inmobiliario\u201d.<\/p>\n\n\n\n<div class=\"wp-block-image\"><figure class=\"aligncenter\"><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/cambio22.info\/wp-content\/uploads\/2021\/06\/download-5.jpg\" alt=\"\" class=\"wp-image-99343\"\/><\/figure><\/div>\n\n\n\n<p>En relaci\u00f3n al municipio seg\u00fan el tribunal colegiado \u201cdeber\u00e1 ejercer sus funciones para la municipalizaci\u00f3n y entrega de las obras de infraestructuras necesarias para la distribuci\u00f3n y almacenamiento de la red de agua potable y la conexi\u00f3n de cada lote fraccionado, pues ante la falta del servicio p\u00fablico en el fraccionamiento, se advierte que no se han otorgado las autorizaciones y resoluciones correspondientes conforme a derecho y tampoco acreditaron haber investigado o impuesto las sanciones correspondientes ante el cumplimiento de las leyes y los reglamentos se\u00f1alados\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Seg\u00fan las escrituras que obran en poder de los colonos, el fraccionamiento, cuenta con 400 lotes de vivienda unifamiliar, 22 lotes para uso comercial, un lote para \u00e1rea de equipamiento, trece lotes de \u00e1rea de donaci\u00f3n (al municipio) y sus respectivas vialidades distribuidas en 29 manzanas. Al no municipalizarse, tampoco se entregaron las \u00e1reas comunes (que son las de donaci\u00f3n), por lo que todas las \u00e1reas ajardinadas quedaron en propiedad de Sergio Zapata y sus empresas.<\/p>\n\n\n\n<div class=\"wp-block-image\"><figure class=\"aligncenter\"><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/cambio22.info\/wp-content\/uploads\/2021\/06\/maxresdefault.jpg\" alt=\"\" class=\"wp-image-99367\"\/><\/figure><\/div>\n\n\n\n<p>El municipio declar\u00f3, seg\u00fan consta la sentencia: \u201cBajo protesta de decir verdad, el municipio de Oth\u00f3n P. Blanco, a trav\u00e9s de sus unidades administrativas, y por medio de las b\u00fasquedas de sus bases de datos, no localiz\u00f3 solicitud de municipalizaci\u00f3n del fraccionamiento denominado \u201cAndara Residencial\u201d, de esta ciudad de Chetumal, QROO; por lo que la empresa \u201cM\u00e1s all\u00e1 de tus expectativas, Sociedad An\u00f3nima de Capital variable\u201d, no ha realizado los tr\u00e1mites necesarios para la municipalizaci\u00f3n del fraccionamiento antes se\u00f1alado\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Esta sentencia marca una realidad muy preocupante. El contubernio entre autoridades de diferentes niveles de gobierno, y un empresario sin escr\u00fapulos, que jug\u00f3 a la pol\u00edtica. Tienen ahora la obligaci\u00f3n, los poderes p\u00fablicos de acatar la sentencia, poner orden, respetar los derechos humanos de los ciudadanos, y sancionar con todo el rigor de la ley a los que piensan que la impunidad es su patente de corso para abusar de los dem\u00e1s y hacer prevalecer su beneficio personal.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Fuente:<\/strong> cambio22<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El pasado 7 de junio del 2021 los magistrados Patricia Elia Cerros Dom\u00ednguez (presidenta), Mar\u00eda Adriana Barrera Barranco y Jos\u00e9 Luis Zayas Rold\u00e1n, integrantes del segundo tribunal colegiado del vig\u00e9simo s\u00e9ptimo circuito, con sede en Canc\u00fan, decidieron por unanimidad de votos, revocar la sentencia de la jueza de distrito de Acapulco, a donde en el [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":91807,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[6],"tags":[],"class_list":["post-91806","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-municipales"],"_links":{"self":[{"href":"http:\/\/elcuartopoder.com.mx\/nw\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/91806","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"http:\/\/elcuartopoder.com.mx\/nw\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"http:\/\/elcuartopoder.com.mx\/nw\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/elcuartopoder.com.mx\/nw\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/elcuartopoder.com.mx\/nw\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=91806"}],"version-history":[{"count":1,"href":"http:\/\/elcuartopoder.com.mx\/nw\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/91806\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":91808,"href":"http:\/\/elcuartopoder.com.mx\/nw\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/91806\/revisions\/91808"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/elcuartopoder.com.mx\/nw\/wp-json\/wp\/v2\/media\/91807"}],"wp:attachment":[{"href":"http:\/\/elcuartopoder.com.mx\/nw\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=91806"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"http:\/\/elcuartopoder.com.mx\/nw\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=91806"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"http:\/\/elcuartopoder.com.mx\/nw\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=91806"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}