La oposición en su conjunto, representada por los senadores panistas, priistas y emecistas, votó en contra de los cambios propuestos por la presidenta de México, Claudia Sheinbaum Pardo, por considerar que debilitan la figura del amparo.
Las comisiones de Justicia, de Hacienda y Crédito Público, y de Estudios Legislativos de la Cámara de Senadores aprobaron por 32 votos a favor, contra 12 del PAN, PRI y MC, el decreto por el que se reforman la Ley de Amparo, Código Fiscal de la Federación y la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, que fue remitido a la Mesa Directiva para agendar su discusión y votación por el pleno cameral en la sesión ordinaria de hoy.
La oposición en su conjunto, representada por los senadores panistas, priistas y emecistas, votó en contra de los cambios propuestos por la presidenta de México, Claudia Sheinbaum Pardo, por considerar que debilitan la figura del amparo.
De acuerdo con el decreto, los cambios tienen como propósito fortalecer, modernizar y armonizar el marco normativo del juicio de amparo y los mecanismos complementarios de defensa en materia fiscal y administrativa, con el fin de garantizar un acceso efectivo, ágil, transparente y humanista a la justicia, en congruencia con los principios constitucionales, los estándares internacionales en materia de derechos humanos y los postulados de la llamada Cuarta Transformación del Estado mexicano.
«La iniciativa responde a una doble necesidad: por un lado, perfeccionar la institución del amparo como mecanismo central de protección de los derechos fundamentales frente a actos de autoridad, y por otro, evitar el uso abusivo o dilatorio de los recursos administrativos y judiciales en materia fiscal que obstaculizan la recaudación de créditos firmes y afectan el interés social y el orden público».
La enmienda, cita, se inscribe en un momento de transformación del Poder Judicial mexicano derivado de la reciente reforma constitucional que instauró la elección popular de juzgadores.
«Esta reforma impone revisar los mecanismos de tutela constitucional, particularmente el juicio de amparo, a fin de adecuarlos al nuevo modelo de justicia», precisa, porque a pesar de los avances la práctica jurisdiccional ha evidenciado ciertas limitaciones, tales como:
«La figura del interés legítimo presenta ambigüedades que dificultan su aplicación uniforme; la suspensión del acto reclamado se ha utilizado de manera estratégica para prolongar actos ilícitos o entorpecer políticas públicas; la ampliación de la demanda ha derivado en prácticas dilatorias; la ejecución de sentencias carece de reglas claras frente a supuestos de imposibilidad material o jurídica».
Además de que no existen disposiciones sistemáticas sobre el juicio de amparo digital, pese a que el Poder Judicial de la Federación (PJF) ha incorporado avances tecnológicos en su gestión.
En materia fiscal, detalla, la utilización de medios de defensa como la revocación o el juicio contencioso administrativo frente a créditos firmes ha generado rezagos en la recaudación y un uso ineficiente de los recursos.
Fuente: eleconomista