{"id":113474,"date":"2022-12-30T11:26:49","date_gmt":"2022-12-30T16:26:49","guid":{"rendered":"http:\/\/elcuartopoder.com.mx\/nw\/?p=113474"},"modified":"2022-12-30T11:26:53","modified_gmt":"2022-12-30T16:26:53","slug":"mas-granel-y-menos-bebidas-embotelladas-claves-del-nuevo-decreto-antiplasticos","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/elcuartopoder.com.mx\/nw\/opinion\/mas-granel-y-menos-bebidas-embotelladas-claves-del-nuevo-decreto-antiplasticos\/","title":{"rendered":"M\u00e1s granel y menos bebidas embotelladas, claves del nuevo decreto antipl\u00e1sticos"},"content":{"rendered":"\n<p>Los comercios de 300 metros o m\u00e1s estar\u00e1n obligados desde el 1 de enero de 2023 a informar a sus clientes de los impactos ambientales y de sus obligaciones a la hora de gestionar los residuos de envases cada vez que adquieran productos. La hosteler\u00eda, por su parte, desde este mismo jueves, deber\u00e1n ofrecer \u00absiempre\u00bb a los clientes agua no envasada gratis.<\/p>\n\n\n\n<p>Estos son dos de los puntos que constan en el Real Decreto de Envases aprobado el martes por el Consejo de Ministros y que publica este mi\u00e9rcoles el Bolet\u00edn Oficial del Estado (BOE), informa Europa Press. El texto, de obligado cumplimiento desde la publicaci\u00f3n, establece otros calendarios de aplicaci\u00f3n para algunas de sus nuevas obligaciones.about:blankabout:blank<\/p>\n\n\n\n<p>En este caso, da un margen de cuatro d\u00edas a los comerciantes para conocer y adaptarse, dado que como m\u00ednimo los comercios de 300 metros o m\u00e1s deber\u00e1n informar \u00aben un lugar destacado\u00bb, tambi\u00e9n en el caso del comercio &#8216;on-line&#8217; las obligaciones de los consumidores respecto a la devoluci\u00f3n de envases reutilizables y la separaci\u00f3n de los residuos de envases en los distintos contenedores o puntos de recogida establecidos.<\/p>\n\n\n\n<p>Adem\u00e1s, estar\u00e1n obligados a promocionar las bolsas reutilizables y a optimizar la utilizaci\u00f3n de las bolsas de un solo uso as\u00ed como a informar sobre la disponibilidad en el comercio de envases reutilizables, aunque tambi\u00e9n recordar\u00e1n la posibilidad de que los propios consumidores aporten sus propios recipientes. Con esto, se fomenta y defiende el uso del t\u00e1per para ir a la compra.<\/p>\n\n\n\n<p>De acuerdo con el nuevo texto legal, bares y restaurantes quedan obligados desde ma\u00f1ana jueves a ofrecer \u00absiempre\u00bb a los consumidores, clientes o usuarios de sus servicios, la posibilidad de consumo de agua no envasada de manera gratuita y complementaria a la oferta del mismo establecimiento. Esta obligaci\u00f3n ya estaba incluida en la Ley de Residuos aprobada el pasado mes de abril y ahora se refuerza con el desarrollo del presente Real Decreto.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">Contabilizar las botellas recicladas<\/h3>\n\n\n\n<p>Junto a estos gestos m\u00e1s llamativos, las medidas del Real Decreto se dirigen al cumplimiento de la Ley de Residuos y de la Directiva Europea en materia de reciclaje y que establece que a partir del 31 de diciembre de 2025 tendr\u00e1 que reciclarse, al menos, el 65% del peso de todos los residuos de envases, y del 70% a partir del 31 de diciembre de 2030.<\/p>\n\n\n\n<p>As\u00ed, y como gran novedad, el decreto regula el sistema de dep\u00f3sito, devoluci\u00f3n y retorno (SDDR) de envases, que se aplicar\u00e1 solamente para las bebidas de un solo uso como los de agua mineral, zumos, bebidas refrescantes, energ\u00e9ticas, isot\u00f3nicas y alcoh\u00f3licas.<\/p>\n\n\n\n<p>Los consumidores pagar\u00e1n un m\u00ednimo de 10 c\u00e9ntimos por cada uno de estos envases en concepto de dep\u00f3sito que les ser\u00e1 devuelto si gestionan bien su botella de pl\u00e1stico.<\/p>\n\n\n\n<p>En 2023 el objetivo de reciclado para las botellas de un solo uso introducidas en el mercado es del 70%, aunque deber\u00e1 llegar al 90% en 2029 y \u00abtodos\u00bb los envases tendr\u00e1n que ser reciclables en 2030 y, \u00absiempre que sea posible\u00bb, reutilizables.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">Aplauso de los grupos ecologistas<\/h3>\n\n\n\n<p>La Alianza Residuo Cero, en la que est\u00e1n incluidos Amigos de la Tierra, Ecologistas en Acci\u00f3n, Greenpeace, Retorna, Rezero y Surfrider Espa\u00f1a, valora que finalmente se haya apostado \u00abpor una hoja de ruta s\u00f3lida y transparente para la llegada del sistema de dep\u00f3sito de envases de bebidas\u00bb.<\/p>\n\n\n\n<p>Las organizaciones han valorado que el real decreto haya priorizado el medio ambiente y la salud frente a \u00ablas presiones del lobby del pl\u00e1stico\u00bb y \u00abla industria del usar y tirar\u00bb.<\/p>\n\n\n\n<p>Con el nuevo decreto, se establece la obligaci\u00f3n de asegurar la medici\u00f3n de los objetivos de recogida separada de botellas de pl\u00e1stico de menos de tres litros, en l\u00ednea con la ley de residuos -en vigor desde abril de 2022- que determin\u00f3 unos objetivos por debajo de los cuales se implantar\u00eda el sistema de dep\u00f3sito de envases.<\/p>\n\n\n\n<p>El dep\u00f3sito o \u00abdevoluci\u00f3n del casco\u00bb podr\u00eda aplicarse, seg\u00fan la ley, en el caso de que para 2023 no se recuperara a trav\u00e9s del contenedor amarillo el 70 % de las botellas de pl\u00e1stico de bebidas puestas en el mercado.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">Cambios para el gestor de los residuos<\/h3>\n\n\n\n<p>Para cumplir con \u00abesta hoja de ruta\u00bb, era fundamental que el propio gestor de la recogida separada de residuos de envases \u00abno se encargara de contabilizar las botellas recuperadas separadamente\u00bb, una cuesti\u00f3n finalmente resuelta, seg\u00fan los ecologistas. Ahora deber\u00e1 existir una metodolog\u00eda que permita medir la recogida separada de botellas de pl\u00e1sticos de forma correcta, ya que esa contabilidad determinar\u00e1 si se han cumplido los objetivos o si el productor debe acogerse (si no alcanza el 70% del reciclado) al sistema de retorno.<\/p>\n\n\n\n<p>Otras de las nuevas obligaciones -que ser\u00e1 de aplicaci\u00f3n como tarde dentro de un a\u00f1o- busca fomentar la venta de productos a granel, en particular las frutas y verduras frescas enteras, aunque esto no se aplicar\u00e1 para las frutas y hortalizas envasadas en lotes de 1,5 kilogramos o m\u00e1s; a las que se envasen con una variedad protegida o registrada o cuenten con una indicaci\u00f3n de calidad diferenciada o de agricultura ecol\u00f3gica, as\u00ed como a las frutas y hortalizas que presentan un riesgo de deterioro o merma cuando se venden a granel.<\/p>\n\n\n\n<p>En concreto, estar\u00e1n determinadas por una orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentaci\u00f3n que dispone de un plazo de seis meses, hasta el 27 de junio, para elaborarlo. A partir de ah\u00ed, los comercios dispondr\u00e1n de seis meses de plazo para adaptarse en el caso de las frutas y verduras.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">Fomento de la venta a granel<\/h3>\n\n\n\n<p>Cuando no se trate de frutas y verduras, los comercios deber\u00e1n desde este mi\u00e9rcoles, 29 de diciembre, fomentar la venta a granel de alimentos, sobre todo de productos en los que el envase no ofrece ning\u00fan valor a\u00f1adido. En concreto, los comercios de alimentaci\u00f3n de 400 metros o m\u00e1s tendr\u00e1n que destinar al menos el 20% de su \u00e1rea de ventas a productos sin embalaje primario, incluida la venta a granel o mediante envases reutilizables.<\/p>\n\n\n\n<p>Por otro lado, todas las tiendas de alimentaci\u00f3n que vendan a granel alimentos y bebidas, deber\u00e1n aceptar el uso de recipientes reutilizables (bolsas, t\u00e1peres, botellas, entre otros) adecuados para la naturaleza del producto adquirido y debidamente higienizados, aunque ser\u00e1n los propios consumidores los responsables de llevarlos acondicionados y limpios.<\/p>\n\n\n\n<p>En ese sentido, las tiendas minoristas de 300 metros o m\u00e1s deber\u00e1n asegurar que tienen disponibles envases reutilizables para sus clientes, bien de forma gratuita o a trav\u00e9s del cobro de un precio.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">Festivales y eventos, obligados a dar alternativa a las bebidas embotelladas<\/h3>\n\n\n\n<p>A partir del 1 de julio de 2023, todos los promotores de eventos festivos, culturales o deportivos, tanto los que tengan el apoyo de las administraciones p\u00fablicas en el patrocinio, la organizaci\u00f3n o en cualquier otra f\u00f3rmula como los organizados por el sector privado, estar\u00e1n obligados a implantar alternativas a la venta y distribuci\u00f3n de bebidas en envases y vasos de un solo uso y deber\u00e1n garantizar el acceso a agua potable no envasada. En estos casos, si el promotor cobra un dep\u00f3sito por cada vaso -tambi\u00e9n reutilizable- deber\u00e1 habilitar los mecanismos necesarios para garantizar la devoluci\u00f3n del dep\u00f3sito cuando el vaso sea retornado por el consumidor.<\/p>\n\n\n\n<p>Fuente: ABC<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Los comercios de 300 metros o m\u00e1s estar\u00e1n obligados desde el 1 de enero de 2023 a informar a sus clientes de los impactos ambientales y de sus obligaciones a la hora de gestionar los residuos de envases cada vez que adquieran productos. 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