Niega Semarnat permisos al megaproyecto turístico e inmobiliario Kantal, de más de 80 hectáreas, al norte de Playa del Carmen

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La dependencia federal rechazó la autorización ambiental después de tres años de evaluación. El desarrollo contemplaba 55 lotes destinados a hoteles, condominios, residencias y comercios, cuyas construcciones quedarían a cargo de terceros.

PLAYA DEL CARMEN, MX.— Después de tres años de haber ingresado a evaluación ambiental, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) negó la autorización para la construcción y operación del proyecto turístico e inmobiliario Kantal, que pretendía desarrollarse sobre una superficie de más de 80 hectáreas en la zona norte del municipio de Playa del Carmen, colindante con Puerto Morelos.

La resolución de la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental (DGIRA) representa un revés para la empresa Operadora Beste Boden, S.A.P.I. de C.V., promovente del proyecto, que contemplaba la lotificación y urbanización de un extenso predio conocido como El Resorte, para su posterior aprovechamiento habitacional, turístico y comercial.

De acuerdo con la Manifestación de Impacto Ambiental presentada por la empresa, el desarrollo consistía en dividir el terreno en 55 lotes destinados a la eventual construcción de hoteles, condominios, residencias y establecimientos comerciales.

El proyecto también incluía vialidades internas, una ciclovía, banquetas, áreas verdes, bardas perimetrales, accesos principales y secundarios, así como infraestructura para servicios básicos, entre ellos redes de agua potable, drenaje sanitario, energía eléctrica, alumbrado público y una planta de tratamiento de aguas residuales.

Sin embargo, uno de los aspectos relevantes del expediente es que la empresa no solicitó autorización para construir directamente los hoteles, condominios, viviendas o establecimientos comerciales que ocuparían los lotes.

En información adicional entregada a la Semarnat, la promovente explicó que esas edificaciones serían desarrolladas posteriormente por inversionistas privados que adquirieran los terrenos, quienes tendrían que gestionar por separado los permisos correspondientes.

De esta manera, la solicitud de autorización ambiental se concentró en la preparación del terreno, su lotificación y urbanización, mientras que las obras inmobiliarias y turísticas que finalmente ocuparían las 55 fracciones quedarían sujetas a futuras evaluaciones y autorizaciones.

Este esquema implicaba que la transformación inicial de las más de 80 hectáreas se evaluara antes de conocer con precisión las características de todas las construcciones que podrían establecerse posteriormente en el predio.

Semarnat determina que el proyecto contraviene disposiciones ambientales

Tras analizar la documentación presentada por la empresa, la información complementaria y las opiniones técnicas de distintas dependencias consultadas durante el procedimiento, la DGIRA determinó negar la autorización en materia de impacto ambiental.

En su resolutivo, la autoridad federal señaló que la decisión se sustentó en los elementos técnicos y documentales del expediente, así como en los razonamientos jurídicos y ambientales derivados de la evaluación.

La negativa se fundamentó en el artículo 35, fracción III, incisos a) y b), de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA), así como en el artículo 45, fracción III, de su reglamento en materia de evaluación del impacto ambiental.

Estas disposiciones permiten negar autorizaciones cuando un proyecto contraviene la legislación ambiental o las normas oficiales mexicanas aplicables, así como cuando las obras o actividades pueden propiciar que una o más especies sean declaradas amenazadas o en peligro de extinción, o afectar a especies que ya se encuentren bajo esas categorías de protección.

En el caso de Kantal, la Semarnat concluyó que existían elementos suficientes para rechazar la solicitud por contravenir disposiciones jurídicas aplicables en materia ambiental.

La resolución impide a la empresa ejecutar las obras y actividades propuestas al amparo de la solicitud rechazada, incluidas las relacionadas con la preparación y urbanización del terreno.

Empresa podrá presentar un nuevo proyecto

Aunque la negativa representa un obstáculo para el desarrollo inmobiliario, no significa necesariamente que el proyecto haya quedado cancelado de manera definitiva.

La Semarnat dejó abierta la posibilidad de que Operadora Beste Boden presente una nueva Manifestación de Impacto Ambiental, con las modificaciones y elementos técnicos necesarios para someter nuevamente la propuesta al procedimiento de evaluación.

En caso de optar por esa vía, la empresa tendría que atender las disposiciones ambientales que motivaron el rechazo y acreditar la viabilidad de las obras que pretenda desarrollar.

Por ahora, el proyecto Kantal se suma a los desarrollos inmobiliarios de gran extensión cuya viabilidad ambiental ha sido cuestionada en la franja costera del norte de Quintana Roo, una región sometida a presiones por el crecimiento turístico, la expansión urbana y la demanda de nuevos terrenos para inversión inmobiliaria.

Fuente: NC

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