El ejido en Tila y el pueblo ch’ol: el imposible ejercicio de un triunfo jurídico

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Entre los días 4 y 9 de este mes , se suscitaron graves enfrentamientos en el ejido de Tila constituido en territorio del pueblo ch’ol, en Chiapas. Situación que motivó el desplazamiento de alrededor de 4 mil de sus habitantes, auxiliados para su traslado por la Guardia Nacional y ubicados en albergues temporales en Yajalón.

En tanto, un juez vinculó a proceso a seis pobladores de Tila detenidos por presunto homicidio calificado, cometido en agravio de dos personas, informó la Fiscalía General del Estado. Los hechos han sido difundidos en los medios de circulación nacional y la narrativa se ha centrado en el conflicto entre dos grupos, uno denominado Los Autónomos y otro Karma.

Sobresalen las acusaciones muy críticas hacia el primero y del segundo se ofrece escasa información. No faltan las referencias genéricas de accionar paramilitar o las de intervención del crimen organizado. La asamblea del ejido Tila en un comunicado desmintió las acusaciones y relató las agresiones del grupo Karma.

El gobierno federal ha estado presente tanto en los servicios para los desplazados como en el intento de lograr un convenio que permita su retorno a Tila, con el acompañamiento militar y permanencia, “el tiempo que sea necesario” propuesta que no ha sido aceptada, pues no tienen confianza ni garantía de seguridad para sus vidas y recuperación de sus bienes abandonados ante la escalada de violencia.

Incluso el énfasis del discurso presidencial se ha centrado en que se trata de un conflicto añejo entre dos grupos a los que exhorta a la pacificación. Ante ello es importante retomar algunos elementos centrales que describí en una colaboración en 2015, para ubicar la naturaleza del conflicto y la responsabilidad del Estado por acción en la entidad y en el ayuntamiento y la omisión a escala federal.

El pueblo ch’ol, en el ejido de Tila, Chiapas, fue afectado con el despojo de 130 hectáreas de su territorio, ocupadas de manera inconstitucional por el H. ayuntamiento municipal de Tila, a raíz de la publicación del decreto 72 del 17 de diciembre de 1980, emitido por el gobernador y el Congreso del estado de Chiapas.

En su defensa el ejido promovió un juicio de amparo (259/1982), el 14 de abril de 1982, ante el juzgado primero, el cual fue resuelto 26 años después de su presentación, el 16 de diciembre de 2008, concediendo el amparo al ejido de Tila y ordenando al H. ayuntamiento municipal de Tila, al gobernador del estado de Chiapas, al Congreso local y al Registro Público de la Propiedad y del Comercio la restitución inmediata de las tierras al ejido Tila y la cancelación de todo tipo de escrituras que las privatizaran.

El gobierno del Estado recurrió a toda clase de argucias para sustentar la imposibilidad física y material de cumplir con la sentencia, por lo que procedía la indemnización por esas tierras. Los ejidatarios ch’oles insisten hasta hoy en que al restituírselas, ellos entrarían en una negociación con quienes ocupan las tierras.

En noviembre de 2010 promovieron en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) un incidente de inejecución de sentencia (1302/2010); se asignó la ponencia a la entonces ministra Olga Sánchez Cordero, donde se determinó solicitar al pleno el estudio del amicus curiae, que presentaron María Gracia Castillo y Rodolfo Stavenhagen (✝)ofreciendo elementos sobre el vínculo territorial y cultural del pueblo ch’ol.

La ministra Sánchez Cordero elaboró un proyecto que condicionaba la ejecución de la sentencia; sin embargo, la mayoría de los ministros sugerían el cumplimiento sustituto (indemnización). El caso se orientó al ámbito agrario, pues se consideró la imposibilidad de convertirlo en indígena.

La ministra retiró su proyecto, y solicitó a la UNAM peritajes que con la conclusión de su cargo el incidente quedó hasta la fecha sin resolución. Por ello en 2015 la asamblea ejidal decidió autoejecutar la sentencia de 2008 y dar inicio como pueblo, a la construcción de su autonomía. La respuesta del gobierno estatal fue enviar militares y agentes ministeriales, los cuales, con la policía municipal, patrullaron las calles día y noche sembrando el miedo con incidentes graves e intimidando a los habitantes (La Jornada 29/12/15). C

asi nueve años de una autonomía a contrapelo del Estado y la intervención de un presidente municipal que se ha mantenido por cuatro periodos consecutivos con la ilegal intromisión en la vida interna del ejido para nombrar autoridades ejidales a modo.

Los hechos recientes se iniciaron con la agresión a la comisión de vigilancia del ejido constituida para defender su autonomía. Grave, la denuncia de actividades paramilitares de los opositores a la asamblea ejidal; bien, pero insuficiente la atención humanitaria en albergues; preocupante, la impunidad histórica de Estado hacia los pueblos que logran reconocimiento a sus derechos… en el papel.

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