EU pone cuotas a la fresa mexicana y afecta a miles de productores

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La medida, anunciada por el Departamento de Comercio de Estados Unidos, podría afectar a 151 mil trabajadores vinculados con este sector.

Estados Unidos puso bajo presión a la industria mexicana de la fresa al fijar de manera preliminar cuotas antidumping de entre 3.37% y 5.28% a las importaciones procedentes de México.

Cuotas de Estados Unidos pone en riesgo a miles de productores

La resolución del Departamento de Comercio de Estados Unidos provocó la reacción del secretario de Economía mexicano, Marcelo Ebrard, quien cuestionó los criterios utilizados por las autoridades estadounidenses al considerar que contradicen las reglas de la Organización Mundial del Comercio (OMC) y del T-MEC. Las tasas preliminares varían según el exportador:

  • Driscoll’s, 5.28%
  • Mainland Farms, 3.37%
  • Para el resto de los exportadores mexicanos se estableció un promedio de 4.83%.

La decisión, sin embargo, todavía no es definitiva. Estados Unidos prevé emitir su resolución final el 8 de enero de 2027, cuando determinará si las cuotas se mantienen, se modifican o desaparecen.

La medida podría afectar a cerca de 5 mil productores y 151 mil trabajadores vinculados con este sector.

¿Cuándo comenzó el caso contra las fresas mexicanas?

La disputa comenzó en diciembre de 2025, cuando productores de Florida presentaron una solicitud ante el Departamento de Comercio y la Comisión de Comercio Internacional de Estados Unidos (ITC) para iniciar una investigación por supuesto dumping en las exportaciones mexicanas de fresa. Entre los grupos que impulsaron la petición se encuentra Strawberry Growers for Free Trade, integrado por empresas como Astin Strawberry Exchange, BBI Produce, Berry Boss Florida y Ultra Farms.

Los productores estadounidenses argumentaron que las fresas mexicanas ingresaban a su mercado a precios inferiores a su supuesto valor justo, una práctica conocida como dumping. Bajo las reglas comerciales estadounidenses, este tipo de acusaciones puede dar paso a una investigación y, eventualmente, a la imposición de derechos antidumping.

La solicitud también planteó que las llamadas “fresas de invierno” debían analizarse como un producto separado y que el posible daño debía evaluarse únicamente en los estados del este de Estados Unidos, en lugar de considerar el mercado estadounidense en su conjunto.

Estos criterios fueron cuestionados por el gobierno mexicano. En marzo de 2026, la ITC concluyó de manera preliminar que no existían bases para considerar las fresas de invierno como un producto distinto ni para reconocer un mercado regional separado. Pese a ello, el Departamento de Comercio mantuvo ambos criterios en su resolución preliminar.

La investigación comprende fresas mexicanas cosechadas o importadas entre el 1 de noviembre y el 31 de marzo, tanto convencionales como orgánicas, enteras o cortadas y con o sin tallo.

Fuente: SIPSE

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