Silenciosamente, la comunidad rarámuri de El Trigo, en el serrano municipio de Uruachi, Chihuahua, avanza en su lucha por el agua, ambiente y territorio.
La comunidad interpuso un amparo tras la expedición de cuatro títulos de concesión de agua para uso industrial (minero) y un decreto presidencial de 2016 que eliminó las zonas de veda en la subregión hidrológica del río Fuerte. En primera instancia la jueza de distrito decidió no entrar al fondo del asunto, tras considerar que la comunidad indígena no contaba con interés jurídico ni legítimo, pues la expedición de los títulos de concesión y su registro no le generaban por sí solos una afectación jurídica, al no tener efectos en su territorio.
La comunidad interpuso un recurso de revisión (709/2023) ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación. En su fallo la Corte concluyó que la comunidad indígena solicitante habita esa región desde principios del siglo XIX y tiene como principal sustento el cultivo del maíz, en torno al cual organiza la mayor parte de su vida cotidiana, cultural y ceremonial. Para esto depende del agua de la subregión hidrológica del río Fuerte.
Por tanto, concluyó que dicha comunidad sí cuenta con interés legítimo para promover el juicio de amparo contra los actos que reclama, puesto que pueden afectarla directamente, en sus derechos al territorio, al uso preferente de los recursos naturales, así como al derecho al agua y al ambiente sano.
Esto generaba la obligación de realizar una consulta libre, informada y previa a la emisión de tales actos, pues las concesiones mineras pueden disminuir el flujo o contaminar el líquido vital del que se beneficia la comunidad.
Por tales motivos, la primera sala de la Corte determinó procedente revocar la sentencia y conceder el amparo para dejar sin efectos el decreto impugnado, así como los títulos de concesión para uso y explotación industrial de las aguas superficiales de la cuenca, otorgados por Conagua con base en el decreto de 2016. Asentó que, en caso de emitir otro decreto o una nueva concesión para el uso, explotación y aprovechamiento de las aguas de la subregión hidrológica río Fuerte, las autoridades responsables realicen la respectiva consulta previa.
Y otra conclusión no menor: la sala destacó “el papel que tienen los pueblos y comunidades indígenas en la protección y desarrollo del ambiente, al precisar que la naturaleza es fundamental en el desarrollo de su cultura, cosmovisión, creencias, patrimonio e identidad” (https://bit.ly/3SAmPvp).
Además de lograr este fallo favorable en el que se establece su interés legítimo por todo el acuífero del río Fuerte, la comunidad de El Trigo ha insistido en la petición P-2121-19 presentada en 2019 ante la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos, para detener las concesiones mineras y de agua dentro de la subregión hidrológica del río Fuerte en Chihuahua. La petición ya está en la etapa de fondo con el número 15481.
La lucha ha enseñado a la comunidad que no puede confiarse ni en las instituciones gubernamentales, como en el caso del estudio elaborado por Conagua este año sobre la disponibilidad media anual del agua del río Fuerte, estado de Sinaloa, en el que su ubican las corrientes de la comunidad El Trigo, se concluye que el acuífero mantiene un balance favorable entre extracción y recarga, pero este balance corresponde sólo a donde se obtuvo la información piezométrica, un área de 2 mil 192 kilómetros cuadrados, siendo que el acuífero cubre 34 mil 496 kilómetros cuadrados.
El estudio, pues, no abarca ni 10 por ciento del acuífero, por tanto, no se puede hacer una correcta evaluación para la manifestación del impacto ambiental de los proyectos mineros (https://bit.ly/3YzRWeh).
Más: el Instituto Mexicano de Tecnología del Agua (IMTA) hizo algunas observaciones a las manifestaciones de impacto ambiental de los tres proyectos mineros planeados o en operación en la cuenca y acuífero del río Fuerte en la sierra de Chihuahua. Según el IMTA, en ninguno de los tres proyectos se incluye un estudio hidrogeológico del área del desarrollo minero, ni censos de aprovechamientos subterráneos, ni dirección de los flujos subterráneos, ni modelo conceptual hidrogeológico.
Por tanto, no se cuenta con información base que caracterice la zona de los tres proyectos mineros y proporcione elementos de juicio sobre el origen y dirección del agua de laboreo, y para determinar si se intercepta la recarga del río Fuerte.
Ante tantas mentiras o verdades a medias de las mineras y aliados, ante las mañas para aprobar los proyectos extractivistas que afectan el agua de las comunidades, hacen bien los rarámuris de El Trigo, en acudir a todas las instancias. Ahora que la Cámara Minera de México promueve la campaña “Minería Consciente”, la comunidad prefiere no esperar a ver si esa minería es posible y si hay voluntad eficaz para practicarla.
A pesar de las amenazas de los capitalismos conscientes, inconscientes o demenciales, siguen luchando.