Senado avala en “fastrack” reforma para que partidos puedan renunciar a financiamiento

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Morena y sus aliados aplicaron la aplanadora y avalaron la reforma con 56 votos a favor, 38 en contra y una abstención

En fastrack y sin moverle una coma al dictamen de San Lázaro, el Pleno del Senado avaló en lo general y particular una reforma para permitir a los partidos políticos renunciar a su financiamiento público ordinario para que sea utilizado para catástrofes, desastres naturales o cualquier otro fenómeno que afecte al país.

En sesión ordinaria, los senadores debatieron la viabilidad, ya que la oposición rechazó la reforma debido a que argumentaron que los recursos de los partidos podrían ser utilizados a discreción por el gobierno federal.

Sin embargo, Morena y sus aliados aplicaron la aplanadora y avalaron la reforma con 56 votos a favor, 38 en contra y una abstención.

La adición a los artículos 23 y 25 de la Ley General de Partidos Políticos y un artículo 19 ter a la Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (en materia de renuncia parcial y, en su caso, reintegrar el financiamiento), fue avalado y remitido al Ejecutivo Federal para su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Los senadores avalaron que dentro de los derechos y obligaciones de los partidos políticos éstos podrán renunciar parcialmente y, en su caso reintegrar, en cualquier tiempo, su financiamiento para actividades ordinarias permanentes, siempre que no se vea afectado el cumplimiento de dichas actividades y prevalezcan en su financiamiento los recursos públicos sobre los de origen privado, en el caso de catástrofes sufridas en territorio nacional por cualquier desastre o fenómeno contemplado en la Ley General de Protección Civil o cualquier otro que ponga a la sociedad en grave peligro.

«El reintegro de recursos correspondientes al financiamiento para actividades ordinarias permanentes de los partidos políticos también será aplicable tratándose de remanentes del ejercicio respecto de este tipo de financiamiento», precisa la reforma.

Los recursos deberán reintegrarse a la Tesorería de Federación por acuerdo del Consejo General de la autoridad electoral, cuando no hayan sido entregados a los partidos políticos y a solicitud del Comité Nacional o instancia equivalente que ostente la representación legal del partido.

En el caso de que los recursos ya se hubieran entregado a los partidos políticos o de remanentes del ejercicio, por concepto de financiamiento para actividades ordinarias permanentes, el Comité Ejecutivo Nacional o instancia equivalente que ostente la representación legal del partido, tramitará su reintegro ante la Tesorería de la Federación e informará al Consejo General del INE.

Los recursos reintegrados podrán ser destinados por el gobierno federal preferentemente para atender los efectos de cualquier desastre o fenómeno contemplado en la Ley General de Protección Civil o cualquier otro que ponga a la sociedad en grave peligro.

Por Mizael Zavala

Fuente El Heraldo de Mexico

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