Combate al ‘huachicol’ o simulación

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Porque mientras el aseguramiento siga siendo más rápido que la investigación y más definitivo que la sentencia, la pregunta incómoda seguirá en el aire: ¿cuántos negocios legales tendrán que quebrar para que podamos decir que estamos combatiendo el «huachicol»?

Hay una manera silenciosa de castigar sin juicio: asegurar.

Esta semana el país celebró el mayor aseguramiento de combustible de origen no acreditado en su historia reciente. Más de 59 millones de litros en una terminal de San José Iturbide, Guanajuato, tras un cateo autorizado por un juez federal que derivó de la detención de un chofer el 3 de julio en una gasolinera de San Luis de la Paz, quien no pudo acreditar la procedencia de 33 mil litros de diésel. El secretario de Seguridad explicó que los predios se encontraban sin vigilantes, por lo que no hay detenidos, y prometió que las detenciones vendrán después. La empresa almacenadora, por su parte, negó ser propietaria del hidrocarburo y sostuvo que su función se limita a almacenar combustible de terceros.

Ahí está, en una sola noticia, el modus operandi completo: primero el anuncio, luego la investigación, después —tal vez— la responsabilidad penal. Y en medio, terceros cuyo producto quedó dentro del cerco.

Conviene explicar por qué esto no es una anécdota sino un diseño normativo.

El artículo 5 de la Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos dispone que, para acreditar la propiedad o legítima posesión, se requerirá la presentación del original de la factura electrónica o comprobante fiscal digital, escritura pública o inscripción en registro público, o bien medios de prueba idóneos y suficientes. Léase con calma: la carga de demostrar la licitud recae sobre quien posee, en el lugar y en el momento. No es el Ministerio Público quien acredita que el combustible es robado; es el particular quien debe probar, a pie de carretera o de isla de despacho, que es suyo. La presunción de inocencia sobrevive en la Constitución y se desvanece en la investigación federal.

El segundo engranaje es el umbral, pues el artículo 9 sanciona a quien posea, almacene, transporte o resguarde hidrocarburos sin derecho, y cuando la cantidad es igual o mayor a 2,000 litros, la pena va de 12 a 17 años de prisión. Dos mil litros. Cualquier tanque de una estación de servicio los contiene antes del desayuno. Y el artículo 4 remata: la prisión preventiva será aplicable de oficio tratándose, entre otros, del artículo 9, fracciones I, II y III, en relación con los incisos b) al d), en armonía con el catálogo del artículo 19 constitucional, que incluye los delitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos. Traducido: un expediente incompleto y una cifra que cualquier gasolinera rebasa por definición producen cárcel automática mientras se resuelve el fondo.

El tercer engranaje es el que quiebra negocios, dado que el artículo 6 ordena que el Ministerio Público entregue los hidrocarburos asegurados a quienes acrediten su propiedad o legítima posesión, sin dilación alguna. La ley dice «sin dilación». La práctica dice trimestres. Y mientras el papel viaja de mesa en mesa, el combustible hace lo único que sabe hacer: evaporarse. Los tanques quedan inmovilizados, el permiso en riesgo —el artículo 22 Bis faculta a clausurar e inmovilizar instalaciones cuando no se acredite la adquisición lícita—, la nómina corre, el crédito no espera y el proveedor tampoco. El expendedor no fue vinculado a proceso, no fue sentenciado, no fue declarado culpable de nada. Simplemente dejó de existir comercialmente.

Esa es la pena que nadie dictó, no aparece en el catálogo del Código Penal, no la impone un juez, no admite apelación ni conmutación, y se ejecuta el mismo día del operativo.

Añádase el cerco fiscal que tiene que ver con controles volumétricos, permisos vigentes, complementos obligatorios en la facturación, cruces automáticos que invalidan un comprobante por inconsistencias menores. Cada nuevo requisito administrativo se convierte, por vía del artículo 5, en un elemento potencial del tipo penal. Hemos construido un sistema donde la falla contable se traduce en delincuencia organizada, y donde el error del capturista puede costarle a su patrón diecisiete años.

Y donde hay discrecionalidad sin control, hay mercado. El sector lo murmura en voz baja porque denunciarlo cuesta caro: el levantamiento del aseguramiento se gestiona, se apura, se negocia. Nadie necesita que se lo cuenten dos veces en un país que apenas ayer descubrió que la tubería del contrabando de combustible pasaba por uniformes, sellos oficiales y aduanas; que ha visto a un almirante convertido en tema de sobremesa y a las investigaciones detenerse justo donde empezaba lo incómodo. El mismo Estado que no pudo ver una terminal con 59 millones de litros ve con lupa la factura de un pipero.

El poder punitivo cae donde es más fácil, no donde es más grande. Detener a quien tiene domicilio fiscal, razón social y tanques anclados al suelo siempre será más sencillo que desmantelar una red que opera en predios sin vigilantes y desaparece antes del operativo.

No se trata de pedir impunidad para el huachicol, se trata de exigir que el combate sea derecho y no espectáculo. Hay remedios sencillos: peritaje e inventario inmediato al momento del aseguramiento; verificación en sitio contra las bases de datos fiscales y de permisos, en lugar de exigir originales imposibles; venta anticipada de un bien que literalmente se evapora, con resguardo del valor en numerario y no en tanques; plazos fatales para la devolución que prevé el artículo 6; control judicial efectivo sobre aseguramientos prolongados; y un registro público de cuánto se asegura, cuánto se devuelve y en cuánto tiempo.

Porque mientras el aseguramiento siga siendo más rápido que la investigación y más definitivo que la sentencia, la pregunta incómoda seguirá en el aire: ¿cuántos negocios legales tendrán que quebrar para que podamos decir que estamos combatiendo el huachicol?

Adrián Arellano Regino, abogado penalista, socio en Vega Mac Gregor Arellano S.C y profesor en la Facultad de Derecho de la UNAM.  

Fuente: Heraldo de México

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