Juzgado revisará amparo en contra del gobernador

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El Consejo Independiente para la Protección de los Derechos Humanos en el estado de Quintana ROO, A.C. presentó un recurso de queja ante el Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Distrito que quedó asentado bajo el expediente 96/2020, en contra del Juzgado Séptimo de Distrito por negarse a aceptar la demanda de amparo en contra del gobernador del estado, Carlos Joaquín González y otros funcionarios más, por omitir dictar medidas administrativas para combatir la epidemia del COVID-19 en los centros de reclusión.

Luego de revisar dicho recurso, el Magistrado ponente, Leonel Jesús Hidalgo, determinó junto con el pleno en sesión del pasado 7 de mayo, como fundada la queja y dictó una suspensión de plano que ordena al mencionado Juzgado Séptimo de Distrito a modificar el auto impugnado.

“Nosotros estamos actuando conforme a la ley y en ese sentido, el Tercer Tribunal Colegiado resolvió ordenar al Juzgado Séptimo de Distrito que admita y estudie la demanda de amparo pero, además, nos concedió la suspensión de plano para que se dicten las medidas necesarias para que los internos en los centros penitenciarios del estado de Quintana Roo, no sean contagiados de COVID-19”, explicó el abogado Gerardo Solís Barreto, presidente Honorario de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

De forma tajante, el pleno del Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito, correspondiente a la sesión pública extraordinaria del pasado 7 de mayo, resolvió por unanimidad de votos de los Magistrados Jorge Mercado Mejía (Presidente) y Leonel Jesús Hidalgo (Ponente), así como del Secretario de Tribunal Édgar Bruno Castrezana Moro, que es fundado dicho recurso de queja y además, en un segundo punto establece que en la materia del presente recurso, “se modifica el acuerdo pronunciado el 28 de abril de 2020 por el Juez Séptimo de Distrito en el Estado de Quintana Roo, residente en esta ciudad, en el juicio de amparo número 322/2020, promovido por el Consejo Independiente para la Protección de los Derechos Humanos en el estado de Quintana ROO, A.C., representado por el abogado Roberto Martínez Aragón, en contra del gobernador del Estado, Carlos Joaquín González como jefe del ejecutivo, así como ante diversas instancias de la administración pública relacionadas con el tema de la salud e incluso de Seguridad Pública y asuntos penitenciarios.

Es de señalar que dicho recurso de queja fue admitido de conformidad con los acuerdos 4/2020 y 6/2020 relativos a las medidas de contingencia en los órganos jurisdiccionales por el fenómeno de salud pública derivado del virus COVID-19, dictados por el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que determinó que serán tramitados como urgentes, los recursos de queja que se indican.

Entre ellos por la negligencia de dictar medidas administrativas para combatir la epidemia en los centros de reclusión y específicamente determinaciones ejecutivas para solicitar modificaciones de medidas cautelares de prisión preventiva justificada para personas privadas de su libertad.

Asimismo, la omisión de ejecutar el acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 24 de marzo de 2020, por el que se establecen las medidas preventivas que se deberán implementar para mitigación y control de riesgos para la salud que implica la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19).

La omisión de las autoridades de implementar las medidas preventivas necesarias para afrontar la pandemia del COVID-19 mediante la Declaración de la Corte Interamericana de Derechos Humanos 1/2020 del 9 de abril de 2020 y el olvido de las autoridades responsables de garantizar el derecho humano a la Salud y a la Vida, al no modificar las medidas cautelares de las personas que se encuentran recluidas en los Centros de Reinserción Social, a pesar de pertenecer a un grupo de riesgo vulnerable para contraer el virus.

Finalmente, por no valorar de manera particular a cada una de las personas con prisión preventiva justificada, para considerar la modificación dicha medida por una diversa (arresto domiciliario).

Fuente: POR ESTO!

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