El Vaticano confirma que los transexuales pueden ser bautizados, pero pide evitar un «escándalo público»

También ha afirmado que pueden ser testigos de bodas y, en ciertos casos, también padrinos de bautismo

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Por si alguien tenía dudas, el Vaticano ha recordado oficialmente que está permitido el bautismo de personas transexuales, aunque hayan seguido un procedimiento hormonal o quirúrgico de cambio de sexo. También ha afirmado que pueden ser testigos de bodas y, en ciertos casos, también padrinos de bautismo; y que puede administrarse el bautismo al hijo presentado por parejas del mismo sexo.

Se trata de respuestas a seis cuestiones presentadas el 14 de julio por el obispo de Santo Amaro (Brasil), Giuseppe Negri. El Papa Francisco las ha revisado y aprobado personalmente.

«Las siguientes respuestas reiteran esencialmente los contenidos fundamentales de lo que ya ha dicho sobre el tema este Dicasterio en el pasado», comienza la nota firmada por el prefecto del Dicasterio para la Doctrina de la Fe, el cardenal argentino Víctor Manuel «Tucho» Fernández.

A la cuestión sobre si «se puede bautizar a un transexual», responde que «puede recibir el bautismo, en las mismas condiciones que el resto de creyentes, si no se dan situaciones en las que exista riesgo de generar escándalo público o desorientación en los fieles». «En el caso de niños o adolescentes con problemáticas de naturaleza transexual, pueden recibir el Bautismo si están bien preparados y dispuestos», explica.

«La Iglesia no es una aduana»

El purpurado incluye una cita del documento programático del pontificado del Papa Francisco, quien declaró hace diez años que «las puertas de los sacramentos no deberían cerrarse por una razón cualquiera. Esto vale sobre todo cuando se trata del bautismo, que es ‘la puerta’. (…) La Iglesia no es una aduana, es la casa paterna donde hay lugar para cada uno con su vida a cuestas».

Naturalmente, Fernández añade que «la Iglesia debe recordar (a quienes solicitan y reciben el bautismo) que se deben vivir plenamente las implicaciones del sacramento recibido, que debe ser comprendido y desarrollado dentro de todo el camino de iniciación cristiana».

El obispo brasileño ha preguntado al Vaticano si un transexual «puede ser padrino o madrina en el bautismo». El Vaticano responde cauteloso que «en determinadas condiciones puede ser admitido para el papel de padrino o madrina». Pero recuerda que «como esta tarea no constituye un derecho, la prudencia pastoral exige que no se permita si existe riesgo de escándalo, legitimación indebida o desorientación en el ámbito educativo de la comunidad eclesial».

En el caso de un transexual que solicite ser «testigo de una boda», «no hay nada en el actual derecho canónico que lo prohíba».

Vientre de alquiler

La respuesta es más contundente a la pregunta de si «dos personas ‘homoafectivas’ pueden figurar como padres de un niño que debe ser bautizado, y que fue adoptado o obtenido por otros métodos, como el vientre de alquiler». Como en el caso de todos los bebés que van a ser bautizados, «debe haber una esperanza fundada de que el niño será educado en la religión católica», y no son necesarios otros requisitos, responde el Vaticano.

La quinta cuestión es si «puede ser padrino de bautismo una persona ‘homoafectiva’ que convive con otra persona del mismo sexo». Invita a la «prudencia pastoral» en el caso de que «vivan una relación estable y declarada como si fuera un matrimonio, bien conocido por la comunidad». El cardenal recuerda que según el derecho canónico «para que alguien sea admitido como padrino, es necesario que tenga capacidad para esta misión» y «lleve una vida congruente con la fe y con la misión que va a asumir».

«Correcta transmisión de la fe»

Propone considerar en este caso además «el valor que la comunidad eclesial da a las tareas de los padrinos y madrinas, qué papel tienen esos candidatos en la comunidad y qué consideración han mostrado respecto a la enseñanza de la Iglesia». Para algunos casos particulares, sugiere «que otra persona del círculo familiar garantice la correcta transmisión de la fe católica al bautizado, sabiendo que, durante el rito, además de ser padrino o madrina, se puede ser ‘testigo del acto bautismal’».

Por otro lado, subraya que, en el caso de las bodas, «no hay nada en el derecho canónico vigente que prohíba que una persona que convive con otra persona del mismo sexo sea testigo en la ceremonia».

Curiosamente, la nota ha sido publicada integralmente en la página web oficial del Dicasterio para la Doctrina de la Fe, y no en la de la oficina de prensa de la Santa Sede. Es la misma web que publicó la respuesta del Papa a cinco «dudas» planteadas por cinco cardenales en julio de este año, en vísperas del sínodo.

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