Se enojó el general

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Al secretario de la Defensa, general Luis Cresencio Sandoval, no le gustó una columna publicada en este espacio el 8 de octubre, ‘La Guardia Nacional al Ejército’, y por medio de una carta del coronel de Infantería, Francisco Antonio Enríquez Rojas, reclamó que se difunda “información o conjeturas erróneas”. La carta es interesante no por sus alegatos, donde cuando no miente, tergiversa o desinforma, sino porque el fondo del texto queda sin ser respondido. Por tanto, si tomó el equipo jurídico del secretario casi una semana para rebatir prácticamente cada punto de la columna, resulta notable que la litis del texto fuera soslayada: la Guardia Nacional, creada como una institución civil, será absorbida por el Ejército.

Este es el punto trascendental. La seguridad pública pasará a ser parte de la Secretaría de la Defensa, y se están revisando las reformas constitucionales que tendrán que hacer. En cambio, el coronel detalla la creación de la Guardia Nacional, lo que no era parte de la columna, y se queja de que afirmara que fuera de toda normatividad, el general Sandoval esté respaldando al presidente Andrés Manuel López Obrador en el levantamiento de un andamiaje paralegal. ¿Cuál es éste? El control y manejo de la Guardia Nacional, que formalmente depende de la Secretaría de Seguridad Pública cuando de facto se maneja desde Lomas de Sotelo. Esta es la ilegalidad en la que incurren los militares, apoyando las decisiones ilegales del Presidente.

El artículo 129 de la Constitución establece sobre las Fuerzas Armadas que “en tiempos de paz, ninguna autoridad puede ejercer más funciones que las que tengan exacta conexión con la disciplina militar”. El presidente Felipe Calderón, en plena guerra contra las drogas, le dio la vuelta mediante la Ley de Seguridad Interior para blindarlas jurídicamente de la inconstitucionalidad en la que estaban al participar en tareas policiales, y en 2008, como respuesta, el Congreso reformó el artículo 21 donde ratificó que la seguridad pública debe estar en manos de cuerpos civiles. La militarización de la seguridad pública es claramente inconstitucional.

El coronel cita el artículo 29 de la Ley Orgánica de la Administración Pública para rodear el tema, aunque en realidad, esa ley ratifica lo aquí planteado. Ese artículo habla de las responsabilidades de las Fuerzas Armadas, que la excluye de la seguridad pública, que está definida en el artículo 30 de la misma como responsabilidad de la Secretaría de Seguridad Pública. Menciona también el 89 constitucional sobre las atribuciones del Presidente, en donde, una vez más, se preserva para las Fuerzas Armadas la seguridad interior y defensa exterior de la nación. La seguridad pública es responsabilidad de la Guardia Nacional, supuestamente un órgano civil, pero bajo control militar y próximamente, absorbida por la Defensa.

De que la Guardia Nacional tenga como jefes a militares en activo, que también viola la ley, el coronel no dice ni una palabra. Al refutar la subordinación de su jefe, el general de brigada Luis Rodríguez Bucio, a la Defensa Nacional, afirma que se tergiversa la “coordinación y la cooperación interinstitucional”. El coronel miente. Rodríguez Bucio responde como militar en activo al secretario de la Defensa –incluso lo haría si estuviera en retiro– y no meramente, como dice la carta, a un “apoyo temporal”. Un ejemplo, citado en la columna pero soslayado en la carta, es la fallida operación para detener a Ovidio Guzmán, hijo de Joaquín El Chapo Guzmán, en Culiacán hace casi un año, donde el costo del desastre lo asumió el secretario de Seguridad Pública, Alfonso Durazo, planeada por el Estado Mayor de la Defensa Nacional, y dirigido por Rodríguez Bucio.

El coronel precisa en su carta que todas las decisiones en materia de seguridad pública son determinadas en forma colegiada a través de las reuniones del gabinete de seguridad. Una vez más, en violación a los artículos 21 y 129 constitucionales, pero hay algo mas que quizás desconozca y el secretario de la Defensa haya pasado por alto: el gabinete de seguridad no existe legalmente; no hay ningún documento oficial que se conozca que le dé las facultades para tomar decisiones. A menos de que produzca el gobierno la disposición correspondiente, se puede argumentar que todo lo que se ha hecho a partir de sus decisiones, es ilegal.

Al general Sandoval no le gustó tampoco que le dijera que actúa como “cómplice” del Presidente, afirmación que se hizo a partir de lo que señalan dentro del gabinete de que es el único que a todo lo que dice López Obrador, sin reparar en si es legal o no, entra en su apoyo. Todo lo que hacen de obra pública viola sus atribuciones constitucionales. Todo lo que están construyendo representa una tercera parte de su presupuesto, como admite el coronel Enríquez, al negar que no han llenado de dinero al Ejército.

Se queja el secretario que se haya afirmado que el resplandor del poder y el dinero lo hayan hecho olvidar a quién responden las Fuerzas Armadas. Sin entrar a la valoración subjetiva de los términos, donde cada parte argumentará sus razones, ¿no es el resplandor del poder y el dinero lo que ha llevado al general a entrarle a todo lo que le pide el Presidente? ¿No también es una desnaturalización de las Fuerzas Armadas, que también objeta el coronel Enríquez?

Las Fuerzas Armadas sí atraviesan un proceso de desnaturalización. López Obrador quería desaparecerlas antes de asumir la Presidencia, y ahora va por el mismo camino mediante una vía que no quiere ver el general Sandoval: quitándole atribuciones de defensa exterior, y llenándolas de trabajo para que ocupen espacios dentro del gobierno como policías y constructores, recibiendo los presupuestos que eran de otras dependencias, convirtiendo al general Sandoval en el secretario más poderoso del gabinete hoy en día, hasta que el Presidente considere que dejó de ser funcional.

DERECHO DE RÉPLICA

Sr. Enrique Quintana.

Vicepresidente y Director General Editorial del diario “El Financiero”.

Señor Director:

Hago referencia a la columna de opinión “Estrictamente Personal”, de la autoría del periodista Raymundo Riva Palacio, publicada el día 8 de octubre de 2020 en el diario “El Financiero” que usted dirige, intitulada “La Guardia Nacional al Ejército”, en la que se realizan una serie de señalamientos en contra del personal militar perteneciente a esta Secretaría, razón por la cual se consideran necesarias las precisiones siguientes:

En la columna se pretende posicionar en la opinión pública que el Ejército realiza sus actividades al margen de la Ley, al mencionar que el Presidente le ha asignado “[…] responsabilidades fuer de su ámbito”. “[…] sin importar que sesté o no dentro de la ley, que no lo hace muy funcional para quien no cree en la ley”, señalamiento totalmente alejado de la realidad, ya que los fundamentos jurídicos que sustentan las actividades que realizan los militares están claramente establecidas en: Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Artículo 29 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; las misiones generales establecidas en la Ley Orgánica del Ejército y F.A.M.; las jurisprudencias emitidas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (principalmente las P/J.37/2000 y la P/J38/2000; el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024; el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Fuerza Armada permanentemente para tareas de Seguridad Pública, lo cual descarta de facto su señalamiento de que el Secretario de la Defensa Nacional “legalmente es su cómplice (del Presidente)”.

Respecto a que supuestamente se da “mucho dinero” a las Fuerzas Armadas, es falso, y a que en el incremento en el presupuesto a esta Secretaría se encuentra en función a las múltiples labores que realiza, como se puede observar en el presupuesto 2021 en donde el 71.5 por ciento de los recursos asignados son para la vida y operación del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos; y el resto está etiquetado para las obras prioritarias del Gobierno Federal (Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles, Bancos del Bienestar e instalaciones para la Guardia Nacional) obras que permitirán el progreso del país.

Se rechaza lo referido a que “[…] en Lomas de Sotelo están de plácemes. Los generales no ocultan su satisfacción”, ya que las determinaciones políticas que tomen cualquiera de los tres poderes de la Unión, en ninguna forma son considerados en beneficio personal de los integrantes de este Instituto Armado y mucho menos por que se busque control o poder, como ha quedado demostrado por más de 100 años de existencia del Ejército Mexicano, institución dque jutno con la F.A.M., se encuentran subordinados al pueblo, a través de sus representantes que elige democráticamente, y los cuales están sujetos a una legislación que regula sus tareas en beneficio de las y los mexicanos.

Por otra parte, es importante aclarar que al indicar que “[…] Luis Gutiérrez Bucio, también ha respondido desde que asumió el cargo a las instrucciones provenientes de Lomas de Sotelo, donde le dan instrucciones o reprimendas” se pretende tergiversar la coordinación y cooperación interinstitucional entre las diversas Dependencias de la Administración Pública para presentarlas como una supuesta “subordinación”, hecho totalmente alejado de la realidad ya que todas las decisiones en materia de seguridad pública son determinadas en forma colegiada a través de las reuniones del gabinete de seguridad, que como es públicamente conocido, sesiona de lunes a viernes de 0600 a 0700 am., encabezadas por el propio Presidente de la República, incluyendo al Comandante de la Guardia Nacional, quien dicho sea de paso su nombre correcto es Luis Rodríguez Bucio.

Estas decisiones se encuentran apegadas a la Ley, y en el ámbito de competencia de cada uno de los integrantes del Gabinete de Seguridad, por lo que esta Secretaría y el personal que la integra de ninguna manera presionan o influyen por intereses personales en el proceso de toma de decisiones.

Respecto al señalamiento de que “[…] López Obrador quiere su cuerpo policial militarizado, con lo que dará un paso más en la desnaturalización de las Fuerzas Armadas” se desconoce que el artículo 4/0. Transitorio de la reforma constitucional en materia de Guardia Nacional, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 26 de marzo de 2019, señala, que la Ley de la Guardia Nacional contendrá, entre otros, lo relativo a la estructura jerárquica, regímenes de disciplina que incluya faltas, delitos y sanciones a la disciplina policial, responsabilidades y servicios, ascensos, prestaciones, ingreso, educación, capacitación, profesionalización y el cumplimiento de las responsabilidades y tareas que puedan homologarse, en lo conducente a las disposiciones aplicables en el ámbito de la Fuerza Armada permanente, por lo que la presencia de personal militar en citada Guardia Nacional es totalmente legal y no atenta en contra de la esencia o naturaleza del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos.

Asimismo, se olvida que el apoyo del personal militar a la Guardia Nacional es temporal y siempre subordinado a la autoridad civil, en aras de tutelar el funcionamiento de las Instituciones del Estado Mexicano que en la actualidad se encuentran amenazadas por la delincuencia organizada, hecho que se encuadra en el ámbito de la Seguridad Interior, competencia legal de las Fuerzas Armadas, de conformidad con el artículo 89 Fracción VI constitucional. Acciones que no son exclusivas de México, ya que en diversos países del mundo las Fuerzas Armadas son parte fundamental del combate a la delincuencia organizada por atentar en contra de su Seguridad Interior, y que de ninguna manera pierden su naturaleza militar.

Aunado a lo establecido en el párrafo anterior y sobre el señalamiento de que “[…] El general secretario, con tantos recursos que le están dando, no parece haberse dado cuenta de esta desnaturalización de las Fuerzas Armadas, el rediseño estratégico que se está realizando frente a sus ojos”, como ya se explicó, no existe tal desnaturalización ya que las Fuerzas Armadas Mexicanas tienen establecido en el marco legal sus misiones generales (como realizar acciones cívicas y obras sociales que tiendan al progreso del país así como auxiliar a la población civil en caso de necesidades públicas). Además de que, se reitera que el presupuesto asignado a esta Secretaría es única y exclusivamente para el cumplimiento de las misiones del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos.

Respecto a la afirmación que sugiere que el General Secretario ha adquirido un “[…] grado de compromiso […] no con el Presidente de la República, sino con López Obrador”, es totalmente falso, ya que la lealtad Institucional es uno de los pilares que fundamentan la actuación de las y los militares, y al ser parte de un estado democrático, en el que el pueblo mexicano es quien ha determinado, de manera libre, a sus gobernantes quienes a su vez y por mandato constitucional, cumplen la importante tarea de dirigir a las instituciones del país, incluidas las Fuerzas Armadas.

De igual forma, es prácticamente imposible pretender que esta Secretaría separe al individuo del encargo que ostenta; es por esto que el respaldo a la democracia por las Fuerzas Armadas Mexicanas se ha demostrado a lo largo de la vida del país, marcada siempre por la total subordinación y lealtad al poder civil, emanado del pueblo. Por más de 100 años, la institución ha evolucionado, a la par de los Gobiernos del país.

Por otra parte en la columna, se desconoce la esencia de la organización y funcionamiento del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, al señalar que “[…] está utilizando a militares para fines para los cuales las Fuerzas Armadas no están diseñadas”, ya que, en todo caso, y como ocurre en diversas partes del mundo, el Instituto Armado en México cuenta con una serie de sistemas (educativo, adiestramiento, logístico, de inteligencia, de bienestar, operativo y administrativo), que le permiten realizar múltiples funciones sin dejar de cumplir las misiones que tienen encomendadas: desdoblando sus capacidades a través de las diversas formas de organización y trabajo con que cuentan.

Respecto al señalamiento “[…] No es sólo el compromiso constitucional al que se obligan, sino por fuera de la ley y de la normatividad, están respaldando a López Obrador en el levantamiento de un andamiaje paralegal”, se especula sobre los mecanismos, instrumentos y organismos que emplea el Gobierno Federal para el cumplimiento de sus funciones sugiriendo la participación de esta Secretaría en la creación de organismos fuera de la Ley, hecho que se rechaza categóricamente, por ser falso, además de que se encuentra fuera de las funciones de la Secretaría de la Defensa Nacional.

Finalmente, se ignora de manera intencional la trayectoria de 45 años de servicio del General Secretario de la Defensa Nacional, los cargos que ha ocupado y las altas responsabilidades de que ha sido objeto, elementos que respaldan su actuación como titular de esta Dependencia, ya que al señalar que “[…] Todo por el poder y el dinero es efímero, pero el resplandor ha hecho olvidar al general Sandoval a quién realmente se deben las Fuerzas Armadas…”, se considera un agravio al profesionalismo e institucionalidad del Alto Mando del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, al pretender cuestionar sus valores e integridad. Para los miembros de las Fuerzas Armadas la lealtad y subordinación a las Instituciones emanadas del pueblo son la piedra angular en su funcionamiento, y se encuentran por encima de cualquier ideología y opinión personal.

Por lo antes expuesto y a efecto de que no se continúe difundiendo información o conjeturas erróneas, se le invita a que, al realizar una publicación sobre esta Secretaría, se corrobore previamente la veracidad de la información, por lo que se le reitera la disposición de esta Dirección General de atender sus requerimientos y hacer las aclaraciones necesarias, requiriéndose en cada caso el tiempo pertinente para integrar la respuesta correspondiente; se pone a su disposición el correo comunicación@mail.sedena.mx y los teléfonos: 5555571370, 5555805146 y 5578822467.

Finalmente, mucho le agradeceré, que con fundamento en los artículos 3, 4, 5 y 6 de la Ley Reglamentaria del Artículo 6º. Párrafo Primero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en Materia del Derecho de Réplica se publique la presente aclaración y específicamente a lo establecido en el Artículo 15 de la Ley antes señalada, para que esta réplica sea publicada integra y sin intercalaciones.

Fuente: ELFINANCIERO

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