Comuna viola derechos humanos de vendedor

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FELIPE CARRILLO PUERTO.- Solamente un juez puede ordenar un desalojo, por lo tanto, ninguna autoridad administrativa tiene facultad para violentar la Constitución y los derechos humanos a la libertad del trabajo que establece y el absoluto respeto a su persona del humilde vendedor debe prevalecer, señaló el licenciado Javier Ciau Uitzil.

De acuerdo con información dada a conocer por Javier Ciau Utzil, abogado litigante y líder natural, dijo en días recientes, el Ayuntamiento carrilloportense, a través de su director de ingresos de la Secretaría de Hacienda Municipal en compañía de un fiscal y con el apoyo y la participación de la fuerza pública municipal.

Agregó que “cometieron una flagrante violación a los derechos humanos y una discriminación en la persona de un humilde vendedor ambulante que se busca la vida vendiendo sus frutas y hortalizas, al desalojarlo de un espacio donde ha estado durante mucho tiempo”.

La fuente añadió que “nadie ni el Ayuntamiento debe estar por encima de nuestra ley superior que es la Constitución. El trabajo forma parte de los derechos humanos y por lo tanto son abusos de autoridad que deben ser castigadas las personas que los cometieron”.

Además de quienes lo autorizaron y que se ordene por derechos humanos el restablecimiento de la libertad del humilde vendedor para que siga con su trabajo que es la forma que tiene para sobrevivir.

Nuestra Constitución Política de México dice en el artículo 16, que nadie puede ser molestado en su persona domicilio, papeles o posesiones sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente que funde y motive la causa legal del procedimiento.

El artículo 14 de la misma Constitución dice que nadie podrá ser privado de su libertad o de sus propiedades posesiones o derechos sino mediante juicio seguido ante tribunales. Artículo 5 Constitucional a ninguna persona podrá impedirse  que se dedique a la profesión industria o trabajo que le acomode siendo lícitos.

El líder natural, mencionó que “de estos preceptos se establece que solamente un juez puede ordenar un desalojo. Por lo tanto, ninguna autoridad administrativa tiene facultad para violentar la Constitución y los derechos humanos a la libertad del trabajo que establece y el absoluto respeto a su persona del humilde vendedor debe prevalecer”.

En esta tribuna del periódico Por Esto!, me dirijo a la Comisión de Derechos Humanos del Estado a su titular para que abra de oficio una investigación de estos actos violentos de las autoridades para que se les aplique la ley y se restablezca el derecho del agraviado para buscarse la vida vendiendo frutas y hortalizas.

Finalmente, dijo “quiero hacer mención que por encima de nuestra Carta Magna no existe ningún reglamento o norma que tenga validez porque sería anticonstitucional. Esperamos pronta respuesta de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos”.

Fuente: POR ESTO!

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